Buitrago del Lozoya (BOCM-20221221-74)
Ofertas de empleo. Bases generales proceso selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 357
b) Calificación de la fase de oposición. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la calificación de los ejercicios, de acuerdo
con el sistema de valoración que se adopte.
6.3.2. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso se valorarán de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la calificación obtenida de la suma de las
puntuaciones en base a los méritos valorables.
6.3.3. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios: procesos selectivos
por concurso-oposición: En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate
se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado
de experiencia profesional, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica, en tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado
de formación general y, en cuarto lugar, a la calificación obtenida en el ejercicio de la fase
de oposición. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que
se refiere el artículo 17 del RGIPP, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. Procesos selectivos por concurso:
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional
en el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica y en tercer lugar a la mayor puntuación obtenida
en el apartado de formación general. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se
determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del RGIPP, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
7. Desarrollo del proceso selectivo
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
8.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al
órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo ordenará su publicación en el tablón de edictos y en la web municipal: www.buitrago.org del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya.
BOCM-20221221-74
7.1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y que se reflejará en
cada convocatoria.
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de Selección
con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará automáticamente el decaimiento de su derecho
a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
7.3. Los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con setenta y dos horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio. Estos anuncios se
efectuarán, al menos, en el tablón de edictos y en la web municipal: www.buitrago.org del
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya.
7.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas, en el Tablón de Edictos y en la web municipal: www.buitrago.org del
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
7.5. En los casos de concurso, los/as aspirantes, una vez presentada toda la documentación que acredita sus méritos, estarán a disposición del Tribunal para cualquier aclaración
y/o especificación que pueda surgir a lo largo del proceso.
B.O.C.M. Núm. 303
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b) Calificación de la fase de oposición. El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la calificación de los ejercicios, de acuerdo
con el sistema de valoración que se adopte.
6.3.2. Los procesos selectivos a través del sistema de concurso se valorarán de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la calificación obtenida de la suma de las
puntuaciones en base a los méritos valorables.
6.3.3. En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios: procesos selectivos
por concurso-oposición: En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate
se establecerá atendiendo en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado
de experiencia profesional, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica, en tercer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado
de formación general y, en cuarto lugar, a la calificación obtenida en el ejercicio de la fase
de oposición. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que
se refiere el artículo 17 del RGIPP, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”. Procesos selectivos por concurso:
En caso de empate en la puntuación final, el orden de desempate se establecerá atendiendo en primer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional
en el Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, en segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica y en tercer lugar a la mayor puntuación obtenida
en el apartado de formación general. De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se
determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del RGIPP, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
7. Desarrollo del proceso selectivo
8. Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados
8.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional
de identidad en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al
órgano competente para la resolución del proceso selectivo, que asimismo ordenará su publicación en el tablón de edictos y en la web municipal: www.buitrago.org del Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya.
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7.1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y que se reflejará en
cada convocatoria.
7.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de Selección
con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará automáticamente el decaimiento de su derecho
a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
7.3. Los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con setenta y dos horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio. Estos anuncios se
efectuarán, al menos, en el tablón de edictos y en la web municipal: www.buitrago.org del
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya.
7.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas, en el Tablón de Edictos y en la web municipal: www.buitrago.org del
Ayuntamiento de Buitrago del Lozoya, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
7.5. En los casos de concurso, los/as aspirantes, una vez presentada toda la documentación que acredita sus méritos, estarán a disposición del Tribunal para cualquier aclaración
y/o especificación que pueda surgir a lo largo del proceso.