Madrid (BOCM-20221221-62)
Ofertas de empleo. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Oferta empleo público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

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ACUERDA
Primero.—Aprobar la Oferta de Empleo Público Adicional del Ayuntamiento de
Madrid y sus organismos autónomos para el año 2022, con el número de plazas de personal funcionario y laboral que figura en el anexo, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.
Segundo.—Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso,
los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución,
así como en el marco de lo establecido la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Tercero.—Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la
Oferta de Empleo Público, éstas podrán incorporar plazas incluidas en las ofertas de empleo público de ejercicios anteriores o que se aprueben con posterioridad que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución
de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres
años a contar desde la fecha de la publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.dos b) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, las plazas no cubiertas tras la
ejecución de una convocatoria de proceso selectivo derivada de ofertas de ejercicios anteriores a 2022, podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan trascurrido más de tres
años desde la publicación de la oferta. La nueva convocatoria deberá identificar las plazas
que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden.
Cuarto.—El presente acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado a través de la Delegación del Gobierno en Madrid y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

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de las plazas necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento de nuevos servicios cuyo
establecimiento viene impuesto en virtud de lo previsto en el artículo 25.2 f), j), l) y m) de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el presente expediente no se incluye informe de impacto de género por entender que
el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos limita esa obligación, de forma expresa, a los expedientes de aprobación de
"oferta anual de empleo público". Por ello, no siendo el objeto de este expediente la aprobación de una Oferta de Empleo Público anual, sino una oferta adicional a la OEP 2022, se
entiende que no procede la inclusión de ese informe que sí se ha incluido previamente en la
Oferta de Empleo Público 2022, aprobada por Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 59 del TREBEP en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7 por ciento de las vacantes para ser cubiertas por
personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2, del artículo 4, del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la
compatibilidad con el desempeño de las tareas.
En el anexo del acuerdo figura la reserva del 7 por 100 en cuerpos, escalas o categorías cuyas actividades o funciones son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad. El número de plazas reservadas quedarán recogidas en las correspondientes bases específicas de las convocatorias. La reserva del 2 por 100 para
personas que acrediten discapacidad intelectual (3 plazas), se ha incluido en plazas de personal funcionario de la categoría de operario de servicios generales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 del TREBEP, este proyecto de Oferta de Empleo Público Adicional ha sido objeto de negociación en la sesión de la Mesa General de Empleo del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos celebrada el 14
de noviembre de 2022.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 h) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 4.2 del Reglamento de 22 de diciembre de 2005, de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, a
propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal y previa deliberación de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión del 7 de diciembre de 2022,