D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221221-33)
Convenio –  Convenio de colaboración de 5 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano) para la cesión de la titularidad de la parcela municipal situada en la calle de José Escobar y Saliente, número 2, parcela resultante RG-E 3 del proyecto de reparcelación del Sector U.Z.P. 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”, Distrito de Vicálvaro, con destino a Instituto de Educación Secundaria y Escuela Infantil de primer ciclo. – Expediente 711/2018/25733
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 121

Situación urbanística: la calificación urbanística de la parcela de Uso Dotacional de
Servicios Colectivos en su clase de Equipamiento de los incluidos en la Red Local de Equipamiento Social (RLE), regulada por las normas urbanísticas del Plan Parcial de Ordenación del U.Z.P. 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”.
Estado de cargas: la parcela se encuentra libre de cargas.
Valoración: la valoración se realiza conforme al Real Decreto 1373/2009, de 28 de
agosto por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre,
de Patrimonio de las Administraciones Públicas
Asciende a la cantidad de 18.068.160,90 euros.
Por todo cuanto antecede, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, cede mediante
el presente Convenio con carácter gratuito, a la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades), que se comprometen a aceptar la titularidad de
la parcela descrita anteriormente de 23.428 m2 de superficie, incluida en el Inventario del
Patrimonio Municipal del Suelo con el número 28.396 de parcela, situada en la calle José
Escobar y Saliente, número 2, Distrito de Vicálvaro, para la construcción y gestión de un
Instituto de Educación Secundaria y de una Escuela Infantil de Primer Ciclo, con cuantos
derechos sean accesorios e inherentes y libre de cargas.
Segunda
Compromiso de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) como Administración competente en materia educativa, se compromete a destinar la
parcela a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria y a una Escuela Infantil
de Primer Ciclo.
Tercera
Licencia municipal, inicio y finalización de las obras
La licencia municipal de obra de nueva edificación se deberá solicitar, conforme a las
determinaciones de la normativa urbanística aplicable y a lo dispuesto en la Ordenanza de
Tramitación de Licencias Urbanísticas, en el plazo máximo de 6 meses, a contar desde la
aceptación de la cesión por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo. El inicio y finalización de las obras se realizarán en el plazo fijado en la correspondiente licencia. De no
contener la licencia indicación expresa sobre dichos plazos, se deberán observar los de un
año para iniciar las obras y tres para la terminación de estas a contar desde la obtención de
dicha licencia.
En cualquier caso, el plazo para la ejecución de la obra y puesta en funcionamiento del
Instituto de Educación Secundaria y de la Escuela Infantil de Primer Ciclo no podrá exceder, excepto causa de fuerza mayor, de cinco años contados a partir de la fecha de entrega
de la parcela que se producirá tras la aceptación de la cesión por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Deber de conservación de la Comunidad de Madrid
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 168.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
de Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 2.2.4 y siguientes de las NN. UU. del
Plan General de Ordenación UrbanaM/97, la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia,
Consejería de Educación y Universidades) deberá mantener la parcela y la construcción en
condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y
obras precisas para conservarlos y rehabilitarlos.

BOCM-20221221-33

Cuarta