D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221221-49)
Convenio –  Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navalcarnero, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 284

MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 303

tre el hogar familiar y el de los abuelos y abuelas, que constituyen la principal red
de apoyo informal con la que cuentan las familias.
El número mínimo necesario de personas para poner en marcha un taller o sesión informativa será de diez.
No se financiarán talleres de contenido exclusivamente teórico ni talleres sobre
conocimientos prácticos que no impliquen una reflexión sobre el cambio de roles dentro del hogar y la necesidad y beneficios de la corresponsabilidad. De la misma manera, y en el supuesto de los talleres mixtos, se excluirán de la financiación aquellas actuaciones que no vayan dirigidas a la población en general y las que en su difusión
orienten a la participación exclusiva de hombres o mujeres.
2.2. Conocer la situación de la vida personal, familiar y laboral y promover acciones
de sensibilización en el ámbito de la Entidad Local, y para lo que podrán realizarse alguna de las siguientes actuaciones:
-

Campañas de concienciación sobre la participación del hombre en la conciliación.

-

Acciones de sensibilización sobre la sobrecarga del trabajo realizado por las mujeres en los hogares.

-

Acciones de difusión sobre los recursos y servicios de apoyo a la conciliación.

2.3. Corresponsabilidad empresarial por la conciliación, con el objetivo de concienciar
a pequeñas y medianas empresas ubicadas en el territorio de la Entidad Local
de la necesidad de implementar medidas para conciliar la vida laboral y personal
de la población, y que podrán concretarse en alguna de estas acciones:
-

Consultoría y diagnóstico sobre la existencia de medidas de conciliación.

-

Apoyo en la definición y elaboración de medidas de conciliación.

-

Apoyo en la implantación de las medidas definidas.

-

Evaluación de los resultados del proceso de asesoramiento e implantación de
medidas.

-

Difusión y publicidad de la campaña y de los servicios ofertados.

2.4. Uso del tiempo, con el objetivo de tomar conciencia de la necesidad de gestionar
el mismo más allá de los criterios que establece el mercado laboral, desmitificar
la creencia consistente en que más tiempo de trabajo implica una mayor productividad y dotar de herramientas y habilidades para un uso más eficaz del tiempo,
pudiendo adoptar alguna de estas modalidades:
-

Diseño y distribución de material divulgativo, folletos y otros materiales publicitarios en relación con el uso del tiempo.

-

Talleres de gestión del tiempo profesional, destinados a las personas trabajadoras de las empresas de la Entidad Local, así como al propio empresariado.

-

Talleres de Gestión del Tiempo Personal, destinados a la población adulta, con
fin de tomar conciencia del uso racional del tiempo, poner de relieve las diferencias existentes entre los usos del tiempo en función del sexo, así como la necesidad de cambio de este aspecto y dotar de herramientas y habilidades que faciliten un uso más eficaz del mismo.

El número mínimo necesario de personas para poner en marcha un taller o sesión informativa será de diez.
x

Costes directos: Costes necesarios para el desarrollo de las actividades. Por consiguiente, se incluirán en esta categoría de gastos costes de servicios prestados por personal externo y contrataciones asociados a la ejecución de las actividades, así como los gastos de
personal propio cuando dicho personal imparte directamente la actuación (charla y/o taller).

x

Costes indirectos: Costes que, aunque no puedan vincularse directamente con una actividad específica, son necesarios para su ejecución, entre otros, gastos de personal propio
de la entidad local que realicen funciones administrativas para la planificación, coordinación, gestión y/o justificación de las actuaciones realizadas en materia de promoción de la
igualdad de oportunidades en el acceso al empleo. Respecto de estos costes, no será necesario aportar justificación del gasto y pago.

BOCM-20221221-49

El presupuesto en esta línea de actuación debe contener la siguiente categoría de costes: