D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221221-49)
Convenio – Convenio de colaboración de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navalcarnero, para la realización de actuaciones contra la violencia de género y para la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 303
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022
b)
Pág. 277
El desarrollo de actuaciones desde el punto de vista grupal, potenciando la interacción
social, el intercambio de experiencias y la creación de redes de apoyo entre las propias
víctimas para impulsar proyectos de vida independientes para todas ellas a través de la
cooperación y la ayuda mutua, y que podrán concretarse en talleres que aborden cuestiones relacionadas con la orientación e inserción laboral, la búsqueda de empleo, el cuidado de los hijos, la adquisición de hábitos saludables, etc. Para su ejecución, deberán contar con el visto bueno de la Dirección General de Igualdad de la Consejería competente.
Además, podrán financiarse con cargo a esta línea de actuación gastos corrientes para el mantenimiento del PMORVG, cuya cuantía no podrá superar el 3% del importe total del Programa (gastos de
agua, luz, teléfono, material de oficina y otros de naturaleza similar que resulten imprescindibles para
su funcionamiento). Quedan excluidos de la financiación por este concepto, además de los gastos
inventariables, los gastos de personal.
Además de las actuaciones conmemorativas con motivo del Día Internacional de la Eliminación de
la Violencia contra la Mujer, la Entidad Local deberá poner en marcha a lo largo del periodo de vigencia de este Convenio:
a) Actuaciones en materia de sensibilización en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito
de la Entidad Local acciones dirigidas a sensibilizar a la población para que tome conciencia del problema de la violencia de género en sus diferentes manifestaciones, desde una
óptica positiva y constructiva y en base al modelo de igualdad de género, potenciando el
uso de un lenguaje inclusivo.
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes
actividades:
-
Campañas de sensibilización dirigidas a la población general, en las que se refleje la
magnitud, características y formas en que se manifiesta la violencia de género, teniendo
en cuenta las circunstancias específicas que concurren en las mujeres inmigrantes, en
las mujeres con discapacidad y otros colectivos (étnicos, culturales o religiosos), en las
que están en situación de prostitución y trata, y en los menores y otras personas dependientes de las mujeres, así como los distintos tipos de violencia, y no solo la de carácter
más extremo y la de tipo físico.
-
Campañas divulgativas de las medidas de asistencia, atención y protección, tendentes a
visibilizar y difundir la labor que se realiza en la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional contra la Violencia de Género.
-
Jornadas y actividades de sensibilización para potenciar un modelo social basado en la
igualdad y visualizar la violencia de género en sus diferentes manifestaciones (física,
psicológica, sexual, mutilación genital femenina, inducir o forzar a ejercer la prostitución,
acoso sexual en el trabajo, detenciones, amenazas, coacciones o trata de mujeres con
fines de explotación laboral o sexual, y sin olvidar otras más sutiles, como los denominados “micromachismos”, y que podrán ser desarrolladas en distintos ámbitos (dirigidas
a población en general, población joven y adolescente, centros escolares, centros de
mayores, asociaciones, etc.).
b) Actuaciones en materia de prevención en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito de
la Entidad Local acciones dirigidas a prevenir la violencia de género, especialmente aquellas dirigidas a reconocer las señales de alerta de violencia de género en sus fases iniciales,
incidiendo en la violencia psicológica, y teniendo en cuenta a las mujeres especialmente
vulnerables.
-
Campañas de prevención dirigidas a la población general y a mujeres en situación de vulnerabilidad, como mujeres de edad avanzada, mujeres con discapacidad, mujeres del medio
rural, adolescentes, mujeres inmigrantes o minorías étnicas, etc.).
-
Campañas de información y prevención dirigidas a hombres y adolescentes varones, abordadas desde la perspectiva de igualdad de género y que tengan como objetivo el rechazo a
la violencia machista, el cambio de actitudes e impulsar el rechazo social a fin de alcanzar
la tolerancia cero frente a este fenómeno, incluyendo las dirigidas a visibilizar entre los demandantes de prostitución la existencia del delito de trata y la situación de las víctimas.
-
Campañas que tengan como público objetivo a los jóvenes, utilizando preferentemente las
tecnologías de la información y comunicación
BOCM-20221221-49
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes actividades:
B.O.C.M. Núm. 303
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE DICIEMBRE DE 2022
b)
Pág. 277
El desarrollo de actuaciones desde el punto de vista grupal, potenciando la interacción
social, el intercambio de experiencias y la creación de redes de apoyo entre las propias
víctimas para impulsar proyectos de vida independientes para todas ellas a través de la
cooperación y la ayuda mutua, y que podrán concretarse en talleres que aborden cuestiones relacionadas con la orientación e inserción laboral, la búsqueda de empleo, el cuidado de los hijos, la adquisición de hábitos saludables, etc. Para su ejecución, deberán contar con el visto bueno de la Dirección General de Igualdad de la Consejería competente.
Además, podrán financiarse con cargo a esta línea de actuación gastos corrientes para el mantenimiento del PMORVG, cuya cuantía no podrá superar el 3% del importe total del Programa (gastos de
agua, luz, teléfono, material de oficina y otros de naturaleza similar que resulten imprescindibles para
su funcionamiento). Quedan excluidos de la financiación por este concepto, además de los gastos
inventariables, los gastos de personal.
Además de las actuaciones conmemorativas con motivo del Día Internacional de la Eliminación de
la Violencia contra la Mujer, la Entidad Local deberá poner en marcha a lo largo del periodo de vigencia de este Convenio:
a) Actuaciones en materia de sensibilización en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito
de la Entidad Local acciones dirigidas a sensibilizar a la población para que tome conciencia del problema de la violencia de género en sus diferentes manifestaciones, desde una
óptica positiva y constructiva y en base al modelo de igualdad de género, potenciando el
uso de un lenguaje inclusivo.
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes
actividades:
-
Campañas de sensibilización dirigidas a la población general, en las que se refleje la
magnitud, características y formas en que se manifiesta la violencia de género, teniendo
en cuenta las circunstancias específicas que concurren en las mujeres inmigrantes, en
las mujeres con discapacidad y otros colectivos (étnicos, culturales o religiosos), en las
que están en situación de prostitución y trata, y en los menores y otras personas dependientes de las mujeres, así como los distintos tipos de violencia, y no solo la de carácter
más extremo y la de tipo físico.
-
Campañas divulgativas de las medidas de asistencia, atención y protección, tendentes a
visibilizar y difundir la labor que se realiza en la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional contra la Violencia de Género.
-
Jornadas y actividades de sensibilización para potenciar un modelo social basado en la
igualdad y visualizar la violencia de género en sus diferentes manifestaciones (física,
psicológica, sexual, mutilación genital femenina, inducir o forzar a ejercer la prostitución,
acoso sexual en el trabajo, detenciones, amenazas, coacciones o trata de mujeres con
fines de explotación laboral o sexual, y sin olvidar otras más sutiles, como los denominados “micromachismos”, y que podrán ser desarrolladas en distintos ámbitos (dirigidas
a población en general, población joven y adolescente, centros escolares, centros de
mayores, asociaciones, etc.).
b) Actuaciones en materia de prevención en el ámbito local: Podrán realizarse en el ámbito de
la Entidad Local acciones dirigidas a prevenir la violencia de género, especialmente aquellas dirigidas a reconocer las señales de alerta de violencia de género en sus fases iniciales,
incidiendo en la violencia psicológica, y teniendo en cuenta a las mujeres especialmente
vulnerables.
-
Campañas de prevención dirigidas a la población general y a mujeres en situación de vulnerabilidad, como mujeres de edad avanzada, mujeres con discapacidad, mujeres del medio
rural, adolescentes, mujeres inmigrantes o minorías étnicas, etc.).
-
Campañas de información y prevención dirigidas a hombres y adolescentes varones, abordadas desde la perspectiva de igualdad de género y que tengan como objetivo el rechazo a
la violencia machista, el cambio de actitudes e impulsar el rechazo social a fin de alcanzar
la tolerancia cero frente a este fenómeno, incluyendo las dirigidas a visibilizar entre los demandantes de prostitución la existencia del delito de trata y la situación de las víctimas.
-
Campañas que tengan como público objetivo a los jóvenes, utilizando preferentemente las
tecnologías de la información y comunicación
BOCM-20221221-49
Dentro de este apartado, la Entidad Local podrá realizar alguna o varias de las siguientes actividades: