Humanes de Madrid (BOCM-20221219-92)
Régimen económico. Ordenanza fiscal bienes inmuebles
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

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7. Las bonificaciones establecidas en los apartados anteriores no serán acumulables,
por lo que en caso de coincidir más de una de ellas, se aplicará la mayor, a excepción de la bonificación y fraccionamiento por pago domiciliado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
8. Para poder disfrutar de las bonificaciones establecidas en el presente artículo será
necesario que el titular o titulares de los inmuebles, estén al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Humanes de Madrid a 1 de enero del ejercicio en que deban surtir efectos.
Art. 5.—Estarán exentos aquellos inmuebles tanto urbanos como rústicos, cuya cuota
líquida no supere la cuantía de 6 euros para los inmuebles urbanos y 9 euros para los rústicos, a cuyo efecto se tomará en consideración para estos últimos la cuota agrupada que resulte de lo previsto en el apartado 2.o del artículo 77 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20221219-92

La presente ordenanza, una vez aprobada por el Ayuntamiento Pleno conforme a lo
dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, entrará en vigor el 1 de enero de 2023, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa”.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 10.1.b) de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra los acuerdos relativos a las ordenanzas fiscales a que se refiere el artículo 17.3 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, recurso contencioso–administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Humanes de Madrid, a 2 de diciembre de 2022.—El alcalde, José Antonio Sánchez
Rodríguez.
(03/23.850/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791