Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa (BOCM-20221219-120)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 447

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
120

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES
Y MUJER LA MALICIOSA
RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/662109 ).

Por acuerdo de la Comisión de Gobierno de la Mancomunidad La Maliciosa, en sesión
del día 27 de octubre de 2022, se aprueban las bases reguladoras bases reguladoras de la
convocatoria pública de subvenciones destinadas a la adaptación de viviendas de personas
que tienen asignado en su resolución de valoración de dependencia, como plan individual
de atención, un centro de día con objeto de facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad en edificios con tipología residencial en los municipios integrantes de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa (años 2022 y 2023).
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de adaptación
de viviendas las personas dependientes que tienen asignado como plan de atención un centro de día para facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad en edificios con tipología residencial, los propietarios particulares de viviendas dentro de una comunidad de propietarios y propietarios particulares de viviendas unifamiliares, en los casos contemplados en
las bases reguladoras, que cumplan los requisitos que también aparecen en dichas bases.
Segundo. Objeto.—La Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa y
la Consejería de Familia, Juventud y Política Social perteneciente a la Comunidad de Madrid
han firmado un convenio de colaboración para la ejecución de Proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, en concreto
los correspondientes a la línea de inversión n.o 323 (C22.l1) Plan de apoyos y cuidados de
larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología, subproyecto S22 ayudas a entidades locales para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centro de día.
Dentro de los Créditos Consignados en el Presupuesto de la Mancomunidad para 2022,
efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a financiar actuaciones
de adaptación de viviendas de personas que tienen asignado en su Programa Individual de
Atención (PIA) vinculado a la valoración de la situación de dependencia un centro de día para
facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad de su vivienda habitual de tipología
residencial, en los municipios integrantes de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer la Maliciosa (años 2022 y 2023).
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras son las aprobadas por la Comisión de Gobierno de la Mancomunidad la Maliciosa, en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2022.
Se colgarán íntegramente en la página web de la Mancomunidad www.mancomunidadlamaliciosa.org y en el tablón de anuncios del centro situado en la calle Recaredo Collar,
número 6, de Guadarrama (Madrid).
Cuarto. Cuantía.—Se considerarán gastos subvencionables o presupuesto protegible
el que comprenda el conjunto de gastos originados con motivo de las actuaciones subvencionables conforme a esta convocatoria y que represente el coste real de las mismas. En ningún caso el coste de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado.
Para el cálculo de la subvención se procederá a determinar el presupuesto protegible que
será el resultante de la revisión por parte de los técnicos del órgano gestor de la documentación aportada y justificativa de los conceptos relacionados como gastos subvencionables.
9.1. La cuantía máxima de las ayudas por vivienda será la siguiente:
— De 14.000,00 euros para aquellas viviendas donde residan personas con grado de
dependencia I.

BOCM-20221219-120

BDNS: 662109