Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad de Madrid (MISECAM) (BOCM-20221219-115)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 301

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

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tuación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer la titulación exigida.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de
la Credencial que acredite su homologación.
f) El pago de los derechos de examen, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza
Fiscal reguladora vigente en el momento de la convocatoria. Se especificará en
cada base específica la tasa exacta y el enlace a la ordenanza fiscal y la forma de
realizar el pago.
g) Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de
reunir los requisitos generales exigidos en el presente apartado, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Esta circunstancia deberá acreditarse convenientemente por el aspirante.
Todos los requisitos establecidos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso de selección y acreditar su cumplimiento como único requisito previo imprescindible para poder ser contratado/a, en su caso.

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en el proceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza
que se opte, se dirigirán a MISECAM, y se presentarán en el Registro Electrónico General de
MISECAM o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación
del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.
Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de la misma, así como la compatibilidad para
el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad
podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que
consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas en condiciones de igualdad.
En este caso, deberán presentar junto a la solicitud de participación, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico justificativo de
la adaptación solicitada.
El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte
necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o
medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para
la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público
de personas con discapacidad.
Las bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en la sede electrónica de esta MISECAM.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto
administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El MISECAM será el responsable del
tratamiento de estos datos.
Cuarta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en la sede electrónica de esta MISECAM, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.

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Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias