D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221219-71)
Convenio –  Convenio de 1 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Tenis de Madrid, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo” y en las instalaciones deportivas “Canal de Isabel II”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 301

cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (en adelante, RGPD), relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o
complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, el deber de confidencialidad, las medidas de seguridad, y la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente
acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Novena
Seguros
La Dirección General de Deportes tiene formalizadas pólizas de seguros de responsabilidad civil para las incidencias en las edificaciones y espacios deportivos y para cubrir los
eventuales riesgos de accidentes de los usuarios.
La Federación formalizará un seguro para la cobertura de responsabilidad civil de los
monitores, técnicos, trabajadores y directivos vinculados a la misma, así como un seguro
de accidentes para cobertura de los deportistas federados.
La Federación también suscribirá los correspondientes seguros para aquellas competiciones deportivas que organice en estas edificaciones y espacios deportivos.
Asimismo, correrán a cargo de la Federación cualquier cobertura de riesgos relacionada con el personal que mantenga en sus oficinas derivada de su relación laboral.
Décima
Responsabilidades

Undécima
Grabaciones audiovisuales de carácter comercial en las edificaciones
y espacios deportivos
Sin menoscabo de la aplicación de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, la realización de grabaciones audiovisuales de carácter publicitario, comercial o similar en las edificaciones y espacios deportivos previstas en el presente convenio requerirá de autorización previa de la Comunidad de Madrid, debiendo proceder al abono del precio público establecido.

BOCM-20221219-71

La Comunidad de Madrid no asumirá responsabilidad alguna por las interrupciones
que pudieran producirse en cualquiera de los servicios generales de las Instalaciones del
“Parque Deportivo Puerta de Hierro” y “Canal de Isabel II”.
El papel de la Comunidad de Madrid se circunscribe única y exclusivamente a la cesión de las edificaciones y espacios deportivos, eximiéndose de toda responsabilidad derivada de la actividad para la cual se aprueba dicha cesión.
Correrán a cargo de la Federación todos los gastos derivados de su actividad sin que
pueda imputarse a la Comunidad de Madrid las obligaciones contraídas por aquella, ni siquiera responsabilidad subsidiaria.
La Federación se responsabilizará de los compromisos que adquiere a la suscripción
del presente convenio y, en los supuestos en los que proceda, tales como el destino de las
edificaciones y espacios deportivos a fines distintos de los previstos en el convenio o el no
mantenimiento de las edificaciones y espacios deportivos, la Comunidad de Madrid tendrá
derecho a percibir, previa tasación pericial, el valor de los daños y perjuicios causados
como consecuencia de los incumplimientos.