Alcobendas (BOCM-20221216-61)
Régimen económico. Precio público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 547

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2022,
acordó la aprobación provisional de las modificaciones de algunas ordenanzas fiscales y
normas de gestión de los precios públicos, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2023.
Dicho acuerdo ha sido publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 241, de fecha 10 de octubre de 2022, extendiéndose el plazo de reclamaciones previo a la aprobación definitiva hasta el 23 de noviembre del presente; según diligencia de fecha 24 de noviembre de 2022 del director general de la Oficina de la Junta de
Gobierno Local y certificado de la jefa del Servicio de Atención Ciudadana de 30 de noviembre de 2022, consta que se han cumplido todas las prescripciones legales sobre exposición al público de dicho acuerdo durante treinta días, sin que al término del mismo, día 23
de noviembre de 2022, se haya presentado reclamación alguna, por lo que a tenor del apartado 3 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo plenario.
ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO Y NORMAS DE GESTIÓN NÚMERO 5.4,
DE PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DE SERVICIOS
Y ACTIVIDADES DEL SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL
DEL AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
Modificaciones que se proponen:

a) Cuadro referido a salidas y excursiones de varios días con referencia a cuantía de
pensiones, el primer tramo no especifica cuantía de inicio y se referencia a la pensión mínima no contributiva de jubilación; el precio se determinará por cada viaje concreto continuando igual la aportación del usuario y la del Ayuntamiento.
b) En el cuadro de las salidas y excursiones de 1 día, se elimina la tarifa de localidades Teatro Auditorio “Ciudad de Alcobendas”.
c) En el cuadro de “Varios” se eliminan los precios públicos de baile en la Esfera
para Mayores y Cine para mayores.
d) En el cuadro correspondiente a servicio de estancias diurnas y comedor, pasa a denominarse “Servicio de Comedor”, con idénticas aportaciones por usuario y administración e introducción en el primer tramo de pensiones de la referencia a la pensión mínima no contributiva de jubilación.
Sexta.—En los precios públicos de Juventud, Infancia y Adolescencia, el cuadro correspondiente a “Campamentos y otras actividades” se disgrega en cuadros independientes
correspondientes a “Campamentos”, “Viajes, intercambio y voluntariado” y “Talleres creativos de verano”, con las mismas tarifas.

BOCM-20221216-61

Primera.—La denominación del órgano se adapta a la nueva organización y competencias del Área de Bienestar Social. El conjunto del articulado hace referencia asimismo
cada servicio y responsable.
Segunda.—Las referencias a los responsables de su gestión también se modifica conforme al nuevo servicio organización y competencias a lo largo del articulado.
Tercera.—Artículo 1, actualización normativa.
Cuarta.—En el artículo 5, “Sistemas de inscripción”; apartado 5.3, “Bajas y devoluciones”, se introduce un nuevo texto al final del apartado relativo a la cuantía de devolución
por renuncia a la inscripción en función del tiempo de antelación de la comunicación de esa
renuncia.
Quinta.—En los precios públicos del Servicio de Bienestar Social: Centros de Personas Mayores.