C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20221216-39)
Plan inspección servicios sociales –  Orden 2943/2022, de 13 de diciembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan de Calidad e Inspección de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid para el período 2023-2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 299

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
ORDEN 2943/2022, de 13 de diciembre, de la Consejera de Familia, Juventud y
Política Social, por la que se aprueba el Plan de Calidad e Inspección de Servicios Sociales en la Comunidad de Madrid para el período 2023-2024.

La Comunidad de Madrid, en el ejercicio de las competencias otorgadas en su Estatuto de Autonomía, en el artículo 26.1.23-24, es responsable del desarrollo de políticas públicas de promoción, ayuda, protección y tutela de las personas mayores, los niños y adolescentes, las personas con discapacidad física, sensorial o intelectual, las afectadas por una
enfermedad mental crónica y de los demás grupos de población necesitados de especial
atención.
La Ley 11/2002, de 18 de diciembre, de Ordenación de la Actividad de los Centros y
Servicios de Acción Social y de Mejora de la Calidad en la Prestación de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 12 que la Comunidad de Madrid
impulsará la implantación de sistemas de evaluación de la calidad de los servicios prestados por los centros de servicios sociales y servicios de acción social. Asimismo, le corresponde, a tenor del artículo 1.1 de la misma Ley, garantizar los derechos y deberes de los
usuarios de los mismos en ella reconocidos, con el fin de contribuir a la mejora permanente en la prestación de los servicios sociales.
En el marco de esta Ley, la actuación inspectora se configura no solo como un instrumento de vigilancia, control y comprobación en el cumplimiento de la normativa vigente
en materia de servicios sociales, sino también de orientación y actuaciones en pro de la calidad asistencial que deben recibir las personas usuarias de estos servicios sociales.
A tal fin, establece unos objetivos generales de la actuación inspectora, sin perjuicio
de la elaboración, por la Consejería competente en materia de servicios sociales, de planes
especiales de inspección, en función de las necesidades específicas de comprobación del
cumplimiento de los requisitos que se contemplan tanto en aquella Ley como en su normativa de desarrollo.
En este sentido, desde el año 2009 se han venido aprobando diferentes planes de inspección, incorporando desde el año 2013 a la planificación, la calidad en la prestación de
los servicios. Desde el año 2015 estos planes se han aprobado con carácter bienal, al aportar
eficacia y eficiencia en la organización de los recursos, siendo el último Plan de Calidad e
Inspección, correspondiente a 2021-2022, aprobado mediante la Orden 1744/2021, de 26 de
julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social.
En la elaboración de este Plan, se ha tenido en cuenta la colaboración del personal de
todas las unidades que, después, serán responsables de su ejecución, adscritas a la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, así como la experiencia obtenida de la
evaluación de los planes anteriores. También, la situación de crisis sanitaria originada por
el COVID-19, que marcó profundamente la realidad de los centros y servicios de acción
social durante 2020. En este sentido, se incorporan algunas medidas que inciden especialmente en aspectos relevantes puestos de manifiesto durante la pandemia.
Este Plan contempla, en primer lugar, una relación de los objetivos generales y específicos del mismo, y determina la actuación prioritaria, para cada uno de los años, sobre un
conjunto de sectores de atención, respecto a los centros de servicios sociales, y sobre una
tipología específica, respecto a los servicios de acción social. Después, el Plan se articula
en diez líneas de actuación.
La línea I tiene como finalidad el control del cumplimiento de las condiciones mínimas materiales, funcionales y de calidad exigidas para el funcionamiento de los centros y
servicios de acción social. En cuanto a las actuaciones contempladas, todos los centros residenciales y de atención diurna se inspeccionarán, al menos, una vez al año, en cumplimiento de lo exigido por el artículo 22.1 de la Ley 11/2002, de 18 de diciembre. Además,
se inspeccionarán dos veces al año todos los centros residenciales de atención a los sectores considerados prioritarios. Respecto a los servicios, en el período de vigencia del Plan se
inspeccionará la totalidad de los servicios cuya tipología se ha considerado prioritaria, así

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