B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221216-25)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del Grupo A, Subgrupo A2, que se relacionan en el Anexo I, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
23 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 360

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 299

selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la
Seguridad Social, que se mantiene vigente con rango reglamentario en la Comunidad de
Madrid y por las bases específicas que se establezcan en esta convocatoria.
1.3. Principio de igualdad de trato: La convocatoria cumplirá el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que
establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para igualdad efectiva de mujeres y hombres.
1.4. Las plazas estarán dotadas con las retribuciones establecidas en la normativa
que le sea de aplicación y en las cuantías fijadas para cada ejercicio presupuestario.
1.5. Las diferentes fases de ejecución de este proceso selectivo podrán llevarse a
cabo por separado para cada una de las categorías contenidas en el anexo I de esta convocatoria.
2. Cupo discapacidad
2.1. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.6 de la
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, y en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad
de Madrid, se reserva un cupo de plazas no inferior al 7 por 100, para ser cubiertas entre
personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
2.2. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en el proceso selectivo.
2.3. Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de
reunir los requisitos generales exigidos en la base 4.1, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.
Esta circunstancia se acreditará una vez superado el proceso selectivo.
2.4. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad que no sean cubiertas por los
aspirantes de dicho cupo se incorporarán a las previstas para cupo de acceso general.
3. Publicidad del concurso de méritos
3.1. En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o a través de la página
web www.comunidad.madrid se publicarán todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo conforme a lo que se establezca en la presente convocatoria.
3.2. La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o en su
caso en la página web será vinculante a efectos de la convocatoria para el proceso selectivo, así como para el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos
y sean de aplicación.

Las personas aspirantes deberán reunir en el último día del plazo de presentación de
solicitudes, y mantener durante todo el proceso selectivo, hasta, en su caso, el momento de
la toma de posesión de la plaza adjudicada, los siguientes requisitos generales de participación.
4.1. Requisitos generales:
4.1.1. Nacionalidad.
4.1.1.1. Tener nacionalidad española.
4.1.1.2. También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la
Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

BOCM-20221216-25

4. Requisitos de los aspirantes