B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221216-26)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal sanitario del grupo C, subgrupo C1 y C2 que se relacionan en el Anexo I, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 299
rigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio
Madrileño de Salud, adjuntándose, en el momento de su presentación, la documentación requerida conforme a lo dispuesto en la base 5.7.4.
A estos efectos, para presentar la solicitud y documentación por Internet a través del
Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados
Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la
Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan
específicamente para cada tipo de firma.
5.7.2. El plazo de cumplimentación y presentación de solicitudes será de diez días
hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
5.7.3. La no presentación de la solicitud en el plazo establecido para ello determinará la inadmisión al proceso selectivo.
5.7.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes.
Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación
que corresponda en su caso:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado el importe de la tasa por derechos de examen correspondiente, y/o, en su
caso, la documentación acreditativa de la exención total del pago de la tasa, o parcial en el caso de los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base sexta.
b) Únicamente en el supuesto de que la solicitud se firme por el representante que actúa
en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la base 5.5.b).
5.8. La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante
con la publicación de las puntuaciones en los diferentes apartados del baremo de méritos.
5.9. Los actos o incidencias relativos a este proceso selectivo que requieran de una comunicación personal entre la Administración y la persona interesada, se realizarán a través de
medios electrónicos, para lo cual se deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones
Electrónicas de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general/guia-administracion-electronica#notificaciones. Con la
presentación telemática de la solicitud se activará, de oficio, el alta en dicho sistema.
5.10. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
caso de incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos y publicará en la página web de la Comunidad de Madrid,
tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
5.11. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente,
se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la
solicitud con arreglo a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación con el
art. 3.3 del Decreto 188/2021.
5.12. Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada estas sólo podrán instar su modificación motivadamente por medios electrónicos dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los cambios que puedan producirse en los datos personales, domicilio, dirección de
correo electrónico, así como cualquier otro declarado por el participante en su solicitud al
correspondiente proceso selectivo, deberán ser comunicados al órgano convocante.
6. Tasas por derechos de participación
6.1. Los aspirantes deberán liquidar la tasa por derechos de participación en el concurso en la forma y por el importe que se especifique en esta base. A estos efectos, conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre y en aplicación de los dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, la tasa por derechos ordinarios de examen en pruebas selectivas de personal estatutario para el Grupo C
BOCM-20221216-26
Pág. 386
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 299
rigida a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio
Madrileño de Salud, adjuntándose, en el momento de su presentación, la documentación requerida conforme a lo dispuesto en la base 5.7.4.
A estos efectos, para presentar la solicitud y documentación por Internet a través del
Registro Electrónico de la Consejería de Sanidad, o de los demás registros previstos en el
artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados
Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la
Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan
específicamente para cada tipo de firma.
5.7.2. El plazo de cumplimentación y presentación de solicitudes será de diez días
hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
5.7.3. La no presentación de la solicitud en el plazo establecido para ello determinará la inadmisión al proceso selectivo.
5.7.4. Documentación a adjuntar a las solicitudes.
Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación
que corresponda en su caso:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado el importe de la tasa por derechos de examen correspondiente, y/o, en su
caso, la documentación acreditativa de la exención total del pago de la tasa, o parcial en el caso de los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base sexta.
b) Únicamente en el supuesto de que la solicitud se firme por el representante que actúa
en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la base 5.5.b).
5.8. La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad del aspirante
con la publicación de las puntuaciones en los diferentes apartados del baremo de méritos.
5.9. Los actos o incidencias relativos a este proceso selectivo que requieran de una comunicación personal entre la Administración y la persona interesada, se realizarán a través de
medios electrónicos, para lo cual se deberá estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones
Electrónicas de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general/guia-administracion-electronica#notificaciones. Con la
presentación telemática de la solicitud se activará, de oficio, el alta en dicho sistema.
5.10. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
caso de incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos y publicará en la página web de la Comunidad de Madrid,
tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
5.11. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente,
se requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la
solicitud con arreglo a lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación con el
art. 3.3 del Decreto 188/2021.
5.12. Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada estas sólo podrán instar su modificación motivadamente por medios electrónicos dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los cambios que puedan producirse en los datos personales, domicilio, dirección de
correo electrónico, así como cualquier otro declarado por el participante en su solicitud al
correspondiente proceso selectivo, deberán ser comunicados al órgano convocante.
6. Tasas por derechos de participación
6.1. Los aspirantes deberán liquidar la tasa por derechos de participación en el concurso en la forma y por el importe que se especifique en esta base. A estos efectos, conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre y en aplicación de los dispuesto en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, la tasa por derechos ordinarios de examen en pruebas selectivas de personal estatutario para el Grupo C
BOCM-20221216-26
Pág. 386
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID