B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221216-23)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca concurso de méritos por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal de Gestión y Servicios, en áreas específicas de actividad, de los Grupos A, Subgrupo A1 y A2 y Grupo C, Subgrupo C1 que se relacionan en el anexo I, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 299

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 323

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
12. Nombramiento y toma de posesión
12.1. Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes que
hubieran resultado aprobados, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales del Servicio Madrileño de Salud, mediante Resolución que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, nombrará a los aspirantes seleccionados
con expresión del destino concreto adjudicado.
12.2. Los aspirantes nombrados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación de la Resolución contemplada en la base anterior, para
efectuar la toma de posesión que se llevará a efecto en el Servicio de Recursos Humanos
del Centro correspondiente a la plaza adjudicada, quedando condicionada a la obtención del
preceptivo certificado de capacidad funcional favorable del Servicio de Prevención correspondiente, en el caso de que no haya sido emitido dentro del plazo fijado para la toma de
posesión.
12.3. Cuando un aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiera adjudicado en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en el concurso, salvo que se deba a causa justificada así apreciada por el órgano convocante.
12.4. Aquellas personas adjudicatarias de plaza que, en el momento de formalización del nombramiento, tuvieran formalizado otro en la misma categoría profesional y especialidad en otro Servicio de Salud distinto a aquel en el que ahora se ha adjudicado plaza, no podrán formalizar un nuevo nombramiento al no cumplir los requisitos previstos en
la propia convocatoria, no ser personal estatutario fijo en la misma categoría y especialidad.
13. Comisiones de Servicio
Una vez se haya tomado posesión de la plaza, por parte del Servicio Madrileño de Salud, no se concederán Comisiones de Servicio hasta transcurridos al menos dos años, salvo
situaciones extraordinarias o circunstancias de la persona que así lo requieran por su seguridad o integridad personal.
Norma final

BOCM-20221216-23

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería
de Gestión Económica de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los
artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses a través del siguiente enlace
https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
Madrid, a 5 de diciembre de 2022.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Raquel Sampedro Blázquez.