B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20221216-22)
Concurso de méritos –  Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca Concurso de Méritos, por el turno libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en las categorías de personal de Gestión y Servicios de los grupos A, subgrupo A1 y A2, grupo C, subgrupo C1, que se relacionan en el anexo I, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 299

VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

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la convocatoria. La exclusión definitiva de un aspirante al proceso selectivo, no dará lugar
a la devolución de los derechos de participación.
7. Admisión de aspirantes
7.1. El registro y la aportación de méritos al proceso selectivo se hará exclusivamente a través de la aplicación telemática de Registro de Méritos (en adelante, RMER). Por este
motivo, finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará, en la página
web de la convocatoria, la resolución en la que se indicará fecha para inclusión de méritos a
través del sistema de registro de méritos (en adelante, RMER).
Asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud publicará, en la página web www.comunidad.madrid, la Resolución
por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución deberá constar la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las
causas de exclusión.
7.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a
partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, a fin de subsanar de forma telemática,
el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. A estos efectos, para
presentar la subsanación por Internet se accederá al Registro Electrónico siguiendo el enlace
especificado en la base 5.2.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
7.3. Las solicitudes de participación por el cupo de discapacidad que no cumplan los
requisitos para ello, serán incorporadas de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el cupo general, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para dicho cupo.
7.4. Una vez finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales publicará, en la página web
www.comunidad.madrid , la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas
de aspirantes admitidos y excluidos, publicación que servirá de notificación a los interesados, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en las mismas. La relación
definitiva de aspirantes admitidos será publicada en la página web www.comunidad.madrid
7.5. Contra la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo
órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Gestión Económica de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa
de sus intereses a través del siguiente enlace https://tramita.comunidad.madrid/denunciasreclamaciones-recursos/recurso-alzada-sanidad
7.6. El hecho de figurar en la relación de admitidos no supone que se reconozca a los
interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoque al
amparo de estas bases.

8.1. Concurso de méritos:
El sistema selectivo para adquirir la condición de personal estatutario fijo será el de
Concurso de Méritos:
8.1.1. El concurso consistirá en la valoración por la Comisión de Selección de los
méritos que acrediten los aspirantes, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, con arreglo al baremo de méritos publicado como anexo II de esta convocatoria.
8.1.2. La puntuación máxima posible que puede obtener en el Concurso de Méritos
es de 100 puntos.
8.2. Entrega de méritos y autobaremo:
8.2.1. Entrega de méritos por los aspirantes y autobaremo:
Con el fin de agilizar el proceso selectivo, los aspirantes deben presentar una hoja de
autobaremación de acuerdo con el modelo que se generará a través del sistema RMER.
Esta, tiene la consideración de declaración responsable. La falsedad en los datos de autoba-

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8. Sistema de selección