C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221216-36)
Colegios arbitrales –  Orden de 12 de diciembre de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regulan las indemnizaciones a Presidentes de Colegios Arbitrales, por asistencias a las audiencias en los procedimientos arbitrales en los que hayan sido designados por la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 299

VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

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Quinto
Requisito para la percepción de asistencias
Para la percepción de las indemnizaciones por asistencia se requerirá la concurrencia
personal y efectiva a las correspondientes sesiones, acreditada a estos efectos, por el titular
de la Secretaría de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Asistencias producidas en el ejercicio 2022
La presente Orden será de aplicación a las indemnizaciones que se devenguen con ocasión de las asistencias celebradas a audiencias orales de la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad de Madrid producidas desde el 1 de enero de 2022.
Séptimo
Producción de efectos
La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 12 de diciembre de 2022.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas
Fraga.
(03/24.066/22)

BOCM-20221216-36

TÍN

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791