C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221216-32)
Acceso ciclos formativos –  Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2022-2023 las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 299

5. Contra la resolución adoptada, la persona interesada podrá interponer, en el plazo de
un mes a partir de su notificación, recurso de alzada ante la Dirección de Área Territorial correspondiente cuando la resolución haya sido adoptada por el director del centro examinador
o ante la Viceconsejería de Política Educativa cuando la resolución haya sido adoptada por
la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial,
que resolverán lo que proceda en los términos previstos en los artículos 115, 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Esta resolución, que será motivada, pondrá fin a la vía administrativa.
Décimo

1. La exención deberá solicitarse en el momento de la inscripción en la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio, indicando esta circunstancia en el impreso de solicitud que se recoge en el anexo II. Dicha exención deberá ser documentalmente acreditada en los siguientes términos:
I. Exención de la Parte I: Comunicación Lingüística:
1.o Haber superado las materias Lengua Castellana y Literatura y Lengua Extranjera:
Inglés de cuarto de ESO o las materias equivalentes.
2.o Haber superado el ámbito de Comunicación de nivel II de las enseñanzas para la
obtención del título de Graduado en ESO para personas adultas o ámbito equivalente.
3.o Haber superado el módulo profesional “Comunicación y Sociedad II”, de un ciclo
de formación profesional básica o ámbitos equivalentes.
II. Exención de la Parte II: Social:
1.o Haber superado la materia de Geografía e Historia de cuarto de ESO o materia
equivalente.
2.o Haber superado la materia de ámbito social de nivel II de las enseñanzas para la
obtención del título de Graduado en ESO para personas adultas o ámbito equivalente.
III. Exención de la parte III: Científico Tecnológica:
1.o Estar en posesión de certificado de profesionalidad que acredite, al menos, una
cualificación profesional completa.
2.o Tener una experiencia profesional de, al menos, una duración equivalente a un año
a jornada completa. Se computará la experiencia acreditada hasta la fecha de finalización del plazo de inscripción en las pruebas.
3.o Acreditar la superación de un curso de formación modular dirigido a personas
adultas con experiencia laboral, que no reúnan las condiciones para el acceso a los
ciclos formativos de grado medio de formación profesional.
4.o Haber superado las materias Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas,
Biología y Geología y Física y Química de cuarto de ESO o las materias equivalentes.
5.o Acreditar la superación de las materias Matemáticas orientadas a las enseñanzas
aplicadas, Ciencias aplicadas a la Actividad Profesional y Tecnología de cuarto de
ESO o las materias equivalentes.
6.o Haber superado el ámbito científico-tecnológico de nivel II de las enseñanzas para
la obtención del título de Graduado en ESO para personas adultas o ámbito equivalente.
7.o Haber superado el módulo profesional «Ciencias aplicadas II» de un ciclo de formación profesional básica o ámbitos equivalentes.
2. La experiencia laboral que puede ser acreditada para solicitar la exención de la
parte Científico Tecnológica de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio por
la vía de enseñanzas de formación profesional, es la siguiente:
a) Trabajadores por cuenta ajena: trabajadores que presten sus servicios retribuidos,
dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica,
denominada empleador o empresario, afiliados a la Seguridad Social o Mutualidad Laboral correspondiente.

BOCM-20221216-32

Solicitud y resolución de la exención de alguna o algunas de las partes de la prueba
común de acceso a ciclos formativos de grado medio por la vía de formación profesional