C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221216-32)
Acceso ciclos formativos –  Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2022-2023 las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio
38 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 454

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 299

Este ejercicio se realizará de forma simultánea con el alumnado inscrito en
la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior por la vía
de enseñanzas deportivas que hayan elegido este ejercicio en la Parte III.
• A las 18:00 horas: ejercicio de Química. Duración: 90 minutos.
— Realización de los siguientes ejercicios para los inscritos en la opción de Tecnología:
• A las 16:00 horas: ejercicio de Física. Duración: 90 minutos.
• A las 18:00 horas: ejercicio de Dibujo Técnico. Duración: 90 minutos.
Vigésimo primero
Materiales para la realización de las pruebas
1. Se proveerá a los participantes de todos los folios, debidamente identificados, que
necesiten para realizar los ejercicios. Los participantes entregarán todo el papel que se les
ha proporcionado al finalizar la prueba.
2. Se permite el uso de calculadora, siempre y cuando no sea programable y no sea
la del teléfono móvil u otros dispositivos electrónicos.
3. Los ejercicios deberán ser realizados con bolígrafo de color azul o negro. No se
recogerán exámenes elaborados con lápiz, salvo en el caso del ejercicio de Dibujo Técnico. Para el ejercicio de la materia Dibujo Técnico se deberán acudir provisto de los siguientes elementos de dibujo: lápiz o portaminas, goma, sacapuntas, regla graduada o escalímetro, escuadra, cartabón, transportador de ángulos y compás.
Para la realización del resto de los diferentes ejercicios no se precisa de ningún material
específico. En ningún caso se permitirá la utilización de materiales ajenos a los permitidos
para las pruebas ni el uso del teléfono móvil ni de cualquier otro dispositivo electrónico.
Vigésimo segundo
Competencias, contenidos y criterios de evaluación de las pruebas
1. Las competencias, contenidos y criterios de evaluación de los ejercicios correspondientes a la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio son los recogidos en el anexo I del Decreto 187/2021, de 21 de julio.
2. Las competencias, contenidos y criterios de evaluación de los ejercicios correspondientes a la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior son los recogidos en el anexo IV del Decreto 187/2021, de 21 de julio.
3. Las competencias, contenidos y criterios de evaluación de los ejercicios correspondientes a la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional son los recogidos en el anexo VII del Decreto 187/2021, de 21 de julio.
4. Esta información se hará pública, para conocimiento de las personas interesadas,
en los tablones de anuncios y páginas web de los centros examinadores desde el día en que
comienza el plazo de inscripción, permaneciendo expuesta en ellos hasta la fecha que se determine a través de las instrucciones que se dicten en desarrollo de esta resolución.
Vigésimo tercero
1. La calificación de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio se
efectuará conforme a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 187/2021, de 21 de julio.
2. La calificación de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado superior se
efectuará conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 187/2021, de 21 de julio.
3. La calificación de la parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos de
grado superior de formación profesional se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 33 del Decreto 187/2021, de 21 de julio.
4. El 25 de mayo de 2023 se publicará el listado con las calificaciones obtenidas en
las pruebas de acceso a ciclos formativos. Dichas calificaciones podrán ser consultadas por
las personas interesadas a través de la secretaría virtual y, presencialmente, en los tablones
de anuncios o en la secretaría de los centros examinadores.
5. De conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Decreto 187/2021, de 21 de
julio, el alumnado inscrito en las pruebas, o sus representantes, que estén en desacuerdo con
las calificaciones obtenidas, podrán presentar escrito de alegaciones dirigido al presidente
de la correspondiente comisión de evaluación solicitando la revisión de las calificaciones

BOCM-20221216-32

Calificaciones y reclamaciones a las mismas