B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221215-12)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2724/2022, de 23 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a la categoría profesional de Gobernante (Grupo III, Nivel 6, Área B) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE DICIEMBRE DE 2022

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más de todos los requisitos que se recogen en el la base sexta, apartado 6.1 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia
y Portavocía del Gobierno, no ostentar la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional objeto de esta convocatoria y estar en posesión o en condiciones de obtener
en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación la titulación
de Bachillerato, BUP, FPII o Formación Profesional de Grado Superior, de acuerdo con lo
dispuesto en la normativa vigente en la materia.
En aquellas convocatorias para ingreso en cuerpos, escalas o especialidades en las que
se exija el título de Bachiller, en virtud de lo previsto en el artículo 4.3 de la Orden
EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, según la redacción dada a dicho precepto por la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título
de Bachiller, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
— O bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o profesionales.
— O bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
2. El requisito de titulación exigido en el apartado 1 de esta base, podrá ser sustituido
por tres años de experiencia profesional en la misma o similar categoría o dos años de experiencia en la misma categoría o similar más la titulación de FPI o ciclo formativo de grado
medio, no pudiendo, en este caso, ser alegado como mérito a efectos de la autobaremación
recogida en la base octava de esta Orden.
3. Asimismo, todas las personas interesadas deberán cumplimentar en la solicitud de
participación en este proceso selectivo el autobaremo de méritos, en el que harán constar la
experiencia profesional, la formación y la superación de ejercicios, de conformidad con lo
recogido en la base octava, apartado 1 de la presente Orden y a fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de
solicitudes conllevará la asignación de 0 puntos.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por
medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se puede
acceder mediante el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacionempleo-concurso-comunidad-madrid , seleccionando Personal Laboral, el Grupo III, Categoría
Profesional Gobernante y rellenando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base quinta de la presente Orden.
3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-concursocomunidad-madrid a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de
solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso
con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la
Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de
prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que
la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”,
que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre la

BOCM-20221215-12

Solicitudes y plazo de presentación