Torrejón de la Calzada (BOCM-20221214-80)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

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9.9. Los Órganos de Selección deberán ajustarse a los principios de imparcialidad
y profesionalidad de sus miembros, y tenderán, en su composición, a la paridad entre
hombres y mujeres, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
9.10. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando en ellos
concurra alguna circunstancia de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
10. Procedimiento de selección y desarrollo de los procesos
El procedimiento de selección de los aspirantes será por concurso de méritos y consistirá en la valoración de los méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con
el baremo de méritos contemplado en estas bases.
Todos los méritos alegados deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo, no tomándose en consideración los alegados obtenidos con posterioridad a la fecha citada.
11. Listados de aprobados
11.1. Concluidas las pruebas correspondientes del proceso selectivo, el Tribunal
hará pública en el tablón de edictos, y demás lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados/as por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del Documento Nacional de Identidad, así como las notas parciales de todas y cada una de las pruebas, y
elevará al órgano competente la propuesta de nombramiento o contratación de los y las aspirantes seleccionados/as, en número no superior al de plazas convocadas. Además, siempre que sea posible, se incluirá una lista de “suplentes”, en número igual o superior al de
los/as aspirantes seleccionados/as, para cubrir la posibilidad de no toma de posesión o firma del contrato por parte de alguno de los aspirantes seleccionados.
11.2. El orden de colocación de los y las aspirantes en la lista definitiva se establecerá de mayor a menor puntuación.

12.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hiciera pública la lista de las puntuaciones obtenidas de los y las aspirantes seleccionados, deberán presentar en el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de
Torrejón de la Calzada, los siguientes documentos:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/ a para el ejercicio de las funciones públicas.
b) Documentación acreditativa del cumplimiento de los restantes requisitos exigidos
en la convocatoria.
c) Los y las aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad deberán presentar certificación del organismo oficial que los expida,
acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.
12.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
12.3. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los
requisitos señalados en las bases, no podrán ser contratados/as ni nombrados/as fijos/as de
plantilla, quedando anuladas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia o documentación.
13. Datos de carácter personal
La participación en el proceso selectivo implica el consentimiento para que los datos personales aportados sean objeto de publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web
municipal cuando así lo requiera la tramitación del procedimiento. Por aplicación del princi-

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12. Presentación de documentación