B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221214-11)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2739/2022, de 29 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Medio Educador (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 297

todos los requisitos que se recogen en el la base sexta, apartado 6.1 de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del
Gobierno, en el caso de personal laboral, no ostentar la condición de personal laboral de la
categoría profesional objeto de esta convocatoria y estar en posesión o en condiciones de
obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes la titulación de
Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o de cualquier
otra titulación o estudios equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en la materia.
Se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres
primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación conforme a la regulación que resulte de aplicación.
2. Dado que las plazas adscritas a la categoría profesional objeto de la presente convocatoria implican contacto habitual con menores, los aspirantes no podrán haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de
Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, además de no haber
sido condenados por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual en España, no podrán haberlo sido en su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos
relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
La acreditación de este requisito se efectuará en los términos dispuestos en la base undécima, apartado 3 de la presente convocatoria.
3. Asimismo, todas las personas interesadas deberán cumplimentar en la solicitud de
participación en este proceso selectivo el autobaremo de méritos, en el que harán constar la
experiencia profesional, la formación y la superación de ejercicios, de conformidad con lo
recogido en la base octava, apartado 1 de la presente orden y a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La no cumplimentación del autobaremo de méritos durante el plazo de presentación de
solicitudes conllevará la asignación de 0 puntos.
Cuarta
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por
medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se puede
acceder mediante el enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacionempleo-concurso-comunidad-madrid , seleccionando Personal Laboral, el Grupo II y la categoría profesional Titulado Medio Educador, y rellenando el formulario de solicitud, de
acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de
la tasa por derechos de examen a que se refiere la base quinta de la presente orden.
3. La cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud se realizará de acuerdo con las siguientes indicaciones: una vez se haya accedido a través del enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacion-empleo-concursocomunidad-madrid a la convocatoria de este proceso selectivo y a “Cumplimentación de
solicitud y tasas-Solicitud”, deberá seleccionarse en “Identificación” la opción de “Acceso
con certificado”, debiendo disponer para ello la persona interesada de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la
Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de
prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que
la Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”,
que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”. Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la soli-

BOCM-20221214-11

Solicitudes y plazo de presentación