B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221214-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Corrección de errores de la Orden 2195/2022, de 10 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 19

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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CORRECCIÓN de errores de la Orden 2195/2022, de 10 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico
Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo
recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Advertido error material en la Orden 2195/2022, de 10 de octubre, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Auxiliar (Grupo IV, Nivel 3, Área C) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y
octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 254, de 25 de octubre), procede su corrección en los siguientes términos:
Primero
La base octava, apartado 1, queda redactada como sigue:
“1. El sistema selectivo será el de concurso, en el que se valorarán los méritos de las
personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo:
1.1. Experiencia profesional acreditada en la Administración de la Comunidad de
Madrid, en otras Administraciones Públicas españolas o de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en aquellos de los Estados con los que la
Unión Europea haya celebrado Tratados Internacionales ratificados por España
en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, por los servicios prestados: hasta un máximo de 70 puntos.
1.1.1. En la misma categoría profesional de personal laboral convocado en la
Administración de la Comunidad de Madrid o en el correspondiente
cuerpo, escala y especialidad de personal funcionario: 0,30 puntos por
mes trabajado.
A efectos de la baremación de méritos recogida en este apartado, también se valorarán éstos en el cuerpo, escala y especialidad de personal
funcionario cuyas funciones sean las mismas o similares a las realizadas
en la categoría profesional de personal laboral de este proceso selectivo.
1.1.2. En otra categoría profesional y especialidad de personal laboral o en
otro cuerpo, escala y especialidad de personal funcionario diferente a la
de este proceso selectivo convocado en la Administración de la Comunidad de Madrid: 0,20 puntos por mes trabajado.
1.1.3. En la misma categoría profesional de personal laboral que la de este proceso selectivo convocado en otra Administración Pública dentro del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre (TRLEBEP): 0,15 puntos por mes trabajado.
Para la valoración de este apartado 1.1 de experiencia profesional se tendrá en cuenta lo siguiente:
— La prestación de servicios a tiempo parcial se computará de forma
proporcional al porcentaje de jornada efectivamente desarrollada.

BOCM-20221214-3

Corrección de errores