D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20221214-57)
Convenio –  Publicación de convenio-subvención de 11 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes e Infraestructuras) y la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, para la prestación del servicio de transporte a la demanda en el Área de Prestación Conjunta de los servicios de transporte de viajeros en automóviles de turismo Sierra Norte de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

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cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en
materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que
pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Decimocuarta
Publicidad
En toda la publicidad en actos públicos, presentaciones, conferencias, presencia en
medios de comunicación, así como en cualquier material promocional, soportes informativos, formativos y de difusión, incluidas las páginas web, que se editen, en relación con las
actividades de promoción realizadas en virtud del presente convenio, deberá hacerse referencia a la financiación, colaboración y participación de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid. En todos estos soportes se incluirá el logotipo
de la citada Consejería.
La Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya deberá dar publicidad a las
ayudas recibidas en los términos del artículo 8.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
En todo caso, la Comunidad de Madrid está obligada a dar publicidad del otorgamiento de esta ayuda en los términos del artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
Decimoquinta
Régimen jurídico

BOCM-20221214-57

Al presente convenio, al tener como objeto la concesión de una subvención, le será
aplicable la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en todo aquello que constituya legislación básica conforme a su disposición adicional primera, así como el resto de la
normativa de desarrollo.
Asimismo, este convenio tiene la naturaleza jurídica de los prevenidos en el artículo 47.2.a)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resultándole
de aplicación lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la citada norma.
El presente convenio tiene carácter administrativo por lo que cualquiera de las cuestiones
que se susciten en relación a su interpretación, aplicación y efectos, que no sean resueltas en el
seno de Comisión Mixta, serán de conocimiento y competencia de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, de conformidad
con lo establecido en el artículo 10.1.g) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman ambas partes el presente
convenio.
En Madrid, a 11 de noviembre de 2022.—El Consejero de Transportes e Infraestructuras, David Pérez García.—El Presidente de la Mancomunidad de Servicios del Valle Norte
del Lozoya, Ángel Martínez Herrero.
(03/23.325/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791