D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-37)
Convenio – Convenio de 28 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de El Boalo, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al portal de suelo de la Comunidad de Madrid
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 643
tularidad pública disponibles en la Comunidad de Madrid, pertenecientes a la Administración
de la Comunidad de Madrid y Entidades Públicas adheridas. El Portal tiene como objetivo
ofrecer una información unificada y crítica que responda a las necesidades de los promotores
o inversores que estén interesados en la adquisición de suelo público en nuestra Región, en
orden a que esta Administración autonómica pueda ofertar una potente base de datos que permita que la Comunidad de Madrid se posicione como una de las primeras opciones de implantación de actividades.
Esta herramienta reúne una gran cantidad de información que anteriormente se encontraba dispersa en los distintos organismos gestores de suelo público, es accesible en el enlace http://www.comunidad.madrid/inversion/inicia-desarrolla-tu-empresa/portal-suelo y
sus parámetros de búsqueda están diseñados para adecuarse a las necesidades de todos los
profesionales, de forma que se pueda llegar de forma fácil y rápida al resultado que se busca.
Cuarto
El Portal cuenta con un servicio de atención especializada a los usuarios interesados
que se ejerce de forma presencial, telefónica o mediante el buzón de correo corporativo
dgsuelo@madrid.org , todo ello atendido por el equipo técnico del Área de Valoraciones y
Patrimonio de la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de Suelo, remitiendo para consultas relacionadas con las convocatorias públicas de enajenación, a los distintos
órganos gestores participantes, de forma que no interfiere en la disposición de los suelos que
se muestran, al constituir únicamente un medio especializado de información inmobiliaria.
Quinto
En este Portal participa actualmente la Dirección General de Suelo de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Con el fin de encontrar una respuesta a las necesidades de suelo y en orden en mantener una colaboración en todas las iniciativas que pudieran demandar, la Comunidad de
Madrid ofrece a las Entidades Locales y organismos, empresas y resto de Entidades Públicas de ellas participadas o dependientes, titulares de patrimonio de suelo, la posibilidad, por
medio de la adhesión, de integrar su oferta de suelo disponible en el Portal.
De este modo, no solo al incluir el patrimonio de suelo disponible de las Administraciones Locales en el Portal se da mayor publicidad y difusión respecto a la situación de estas parcelas, sino que también las Entidades Locales ubicadas en el territorio de la Comunidad de
Madrid pueden participar de las soluciones tecnológicas disponibles que garanticen uno de los
fines básicos de este tipo de información, como es el de la máxima cobertura.
En relación con la cooperación interadministrativa, se ha tenido en cuenta el artículo 143 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que hace
referencia a dicho principio y establece que la formalización de relaciones de cooperación
requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.
La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 112 establece los principios generales que han de regir las relaciones entre las
Entidades Locales y la Comunidad de Madrid: respeto a sus respectivas competencias, información recíproca de sus actuaciones respectivas, coordinación, asistencia y colaboración, y
lealtad institucional y buena fe. Asimismo, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración
Local de la Comunidad de Madrid, en su artículo 135 establece los principios generales que
han de regir en la celebración y formalización de convenios.
Octavo
En base a lo referido anteriormente las partes signatarias están de acuerdo, dentro del
ámbito de su respectiva competencia, en la necesidad de impulsar toda la colaboración precisa que permita utilizar cualquier medio electrónico que coadyuve a conseguir la máxima
eficacia y eficiencia en la difusión de los suelos disponibles y, en consecuencia, con la finalidad última de satisfacer el interés público que una oferta de suelo conlleva.
BOCM-20221214-37
Séptimo
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 643
tularidad pública disponibles en la Comunidad de Madrid, pertenecientes a la Administración
de la Comunidad de Madrid y Entidades Públicas adheridas. El Portal tiene como objetivo
ofrecer una información unificada y crítica que responda a las necesidades de los promotores
o inversores que estén interesados en la adquisición de suelo público en nuestra Región, en
orden a que esta Administración autonómica pueda ofertar una potente base de datos que permita que la Comunidad de Madrid se posicione como una de las primeras opciones de implantación de actividades.
Esta herramienta reúne una gran cantidad de información que anteriormente se encontraba dispersa en los distintos organismos gestores de suelo público, es accesible en el enlace http://www.comunidad.madrid/inversion/inicia-desarrolla-tu-empresa/portal-suelo y
sus parámetros de búsqueda están diseñados para adecuarse a las necesidades de todos los
profesionales, de forma que se pueda llegar de forma fácil y rápida al resultado que se busca.
Cuarto
El Portal cuenta con un servicio de atención especializada a los usuarios interesados
que se ejerce de forma presencial, telefónica o mediante el buzón de correo corporativo
dgsuelo@madrid.org , todo ello atendido por el equipo técnico del Área de Valoraciones y
Patrimonio de la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de Suelo, remitiendo para consultas relacionadas con las convocatorias públicas de enajenación, a los distintos
órganos gestores participantes, de forma que no interfiere en la disposición de los suelos que
se muestran, al constituir únicamente un medio especializado de información inmobiliaria.
Quinto
En este Portal participa actualmente la Dirección General de Suelo de la Consejería de
Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid.
Sexto
Con el fin de encontrar una respuesta a las necesidades de suelo y en orden en mantener una colaboración en todas las iniciativas que pudieran demandar, la Comunidad de
Madrid ofrece a las Entidades Locales y organismos, empresas y resto de Entidades Públicas de ellas participadas o dependientes, titulares de patrimonio de suelo, la posibilidad, por
medio de la adhesión, de integrar su oferta de suelo disponible en el Portal.
De este modo, no solo al incluir el patrimonio de suelo disponible de las Administraciones Locales en el Portal se da mayor publicidad y difusión respecto a la situación de estas parcelas, sino que también las Entidades Locales ubicadas en el territorio de la Comunidad de
Madrid pueden participar de las soluciones tecnológicas disponibles que garanticen uno de los
fines básicos de este tipo de información, como es el de la máxima cobertura.
En relación con la cooperación interadministrativa, se ha tenido en cuenta el artículo 143 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que hace
referencia a dicho principio y establece que la formalización de relaciones de cooperación
requerirá la aceptación expresa de las partes, formulada en acuerdos de órganos de cooperación o en convenios.
La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
en su artículo 112 establece los principios generales que han de regir las relaciones entre las
Entidades Locales y la Comunidad de Madrid: respeto a sus respectivas competencias, información recíproca de sus actuaciones respectivas, coordinación, asistencia y colaboración, y
lealtad institucional y buena fe. Asimismo, la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración
Local de la Comunidad de Madrid, en su artículo 135 establece los principios generales que
han de regir en la celebración y formalización de convenios.
Octavo
En base a lo referido anteriormente las partes signatarias están de acuerdo, dentro del
ámbito de su respectiva competencia, en la necesidad de impulsar toda la colaboración precisa que permita utilizar cualquier medio electrónico que coadyuve a conseguir la máxima
eficacia y eficiencia en la difusión de los suelos disponibles y, en consecuencia, con la finalidad última de satisfacer el interés público que una oferta de suelo conlleva.
BOCM-20221214-37
Séptimo