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Convenio –  Convenio de 28 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de El Boalo, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al portal de suelo de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 297

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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CONVENIO de 28 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de El Boalo, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible
al portal de suelo de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 28 de noviembre de 2022.
REUNIDOS

De una parte, don José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
y la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.
De otra parte, don Javier de los Nietos Miguel, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
de El Boalo, elegido por el Pleno de la Corporación en fecha 15 de junio de 2019, actuando en nombre y representación de dicha Corporación Municipal en virtud de las competencias que le otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reconociéndose ambas partes capacidad legal para suscribir el presente convenio,
EXPONEN
Primero
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a la
Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7, apartados 3 y 4, hace referencia a la actividad de incidencia en el mercado inmobiliario como potestad administrativa, cuyo ejercicio corresponde a la Administración urbanística competente
y que comprende la facultad de constituir y administrar patrimonios públicos de suelo.
Asimismo, en atención a lo previsto en el artículo 15.2.c del Decreto 237/2021, de 17 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, esta Consejería, a través de su Dirección General de Suelo, es competente, en materia de suelo, para el diseño, modificación,
mantenimiento y actualización del sistema de información general de suelos disponibles de
la Comunidad de Madrid, a través de su Portal de Suelo.

El Ayuntamiento de El Boalo ostenta las competencias recogidas en el artículo 25 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y las determinadas en los artículos 173 y siguientes de la referida Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de
la Comunidad de Madrid.
Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante, el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid, que se encuentra en funcionamiento
desde el mes de julio de 2014 y en la que se pueden consultar los datos de las parcelas de ti-

BOCM-20221214-37

Segundo