D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 537
El inventario se actualizará mensualmente con las altas y bajas, debiendo conservar
la Entidad el perteneciente a diciembre de cada año, durante un mínimo de dos años.
4.
Inventario de establecimientos con recogida puerta a puerta de cartón
comercial
La Entidad deberá poseer un inventario, preferentemente mediante ubicación en
plano, con la información de las zonas donde se presta el servicio de recogida puerta
a puerta y previa petición listado o relación de los establecimientos comerciales
incluidos en dichas zonas.
La Entidad deberá enviar dicho inventario a Ecoembes, a solicitud de esta última, en
soporte electrónico.
El inventario se actualizará mensualmente si hay modificaciones, debiendo conservar
la Entidad el inventario de diciembre de cada año, durante un mínimo de dos años.
5.
Documentación adicional
A los efectos de verificación de las actividades recogidas en este Convenio, la Entidad
pondrá a disposición de Ecoembes, todo documento justificativo relacionado con el
conjunto de las operaciones objeto de facturación no incluido en los anteriores
epígrafes, siempre que medie la correspondiente notificación y justificación previa.
6 Designación previa en alguna entidad distinta de la propia entidad local.
Las designaciones realizadas y comunicadas a Ecombes previas a la firma del presente
convenio se entenderá que continuan en aplicación salvo comunicación en contra por
parte de la Entidad local que la realizó.
PAGO DE LAS FACTURAS POR PARTE DE ECOEMBES
El pago de las facturas, en el caso de la Administración, se llevará a cabo a los 30 días
siguientes a la fecha de recepción en Ecoembes de las facturas completas,
considerándose como tal, la factura con toda la documentación requerida en este
anexo. A estos efectos, se tendrá en cuenta el calendario de pagos establecido por
Ecoembes y publicado en el Sistema WEB de facturación. Para entidades distintas de
la Administración, se estará a lo establecido en normativa vigente aplicable.
BOCM-20221214-36
Con carácter general, la forma de pago será a través de transferencia bancaria,
existiendo la posibilidad de pago a través de Confirming, de acuerdo con las
entidades financieras establecidas por Ecoembes.
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 537
El inventario se actualizará mensualmente con las altas y bajas, debiendo conservar
la Entidad el perteneciente a diciembre de cada año, durante un mínimo de dos años.
4.
Inventario de establecimientos con recogida puerta a puerta de cartón
comercial
La Entidad deberá poseer un inventario, preferentemente mediante ubicación en
plano, con la información de las zonas donde se presta el servicio de recogida puerta
a puerta y previa petición listado o relación de los establecimientos comerciales
incluidos en dichas zonas.
La Entidad deberá enviar dicho inventario a Ecoembes, a solicitud de esta última, en
soporte electrónico.
El inventario se actualizará mensualmente si hay modificaciones, debiendo conservar
la Entidad el inventario de diciembre de cada año, durante un mínimo de dos años.
5.
Documentación adicional
A los efectos de verificación de las actividades recogidas en este Convenio, la Entidad
pondrá a disposición de Ecoembes, todo documento justificativo relacionado con el
conjunto de las operaciones objeto de facturación no incluido en los anteriores
epígrafes, siempre que medie la correspondiente notificación y justificación previa.
6 Designación previa en alguna entidad distinta de la propia entidad local.
Las designaciones realizadas y comunicadas a Ecombes previas a la firma del presente
convenio se entenderá que continuan en aplicación salvo comunicación en contra por
parte de la Entidad local que la realizó.
PAGO DE LAS FACTURAS POR PARTE DE ECOEMBES
El pago de las facturas, en el caso de la Administración, se llevará a cabo a los 30 días
siguientes a la fecha de recepción en Ecoembes de las facturas completas,
considerándose como tal, la factura con toda la documentación requerida en este
anexo. A estos efectos, se tendrá en cuenta el calendario de pagos establecido por
Ecoembes y publicado en el Sistema WEB de facturación. Para entidades distintas de
la Administración, se estará a lo establecido en normativa vigente aplicable.
BOCM-20221214-36
Con carácter general, la forma de pago será a través de transferencia bancaria,
existiendo la posibilidad de pago a través de Confirming, de acuerdo con las
entidades financieras establecidas por Ecoembes.