D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

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de los fondos o parte de éstos sean utilizados por las Entidades Locales que tengan
suscrito y en vigor un convenio de participación en el SIG de ECOEMBES.
En este caso, la Entidad deberán desarrollar las acciones de comunicación a lo largo
de cada año natural y las facturas correspondientes deberán ser recibidas en
Ecoembes antes del 31 de marzo del año siguiente.
Finalizado este plazo, los fondos correspondientes no utilizados por la Entidad
pasarán a ser gestionados por la Comunidad Autónoma.
Ecoembes ofrece a las Entidades sus servicios de asesoría y apoyo para todas las
cuestiones referentes a sus Planes de Comunicación y Campañas, así como un
Programa de comunicación. Asimismo, Ecoembes podrá gestionar algunas acciones
de comunicación previo acuerdo de las partes.
Las campañas de comunicación y concienciación social se deberán regir por lo
estipulado en el Anexo VI del Convenio: “Características y criterios para la realización
de campañas de comunicación”.
9.- Criterios de revisión de las condiciones económicas
La actualización de las condiciones de pago se realizará con carácter anual, en enero
de cada año, de acuerdo a los siguientes criterios:
A)
-

Recogida monomaterial de papel-cartón en contenedor específico
Parte fija asociada al despliegue del servicio

Para calcular los nuevos importes unitarios a aplicar durante el año, tanto por
habitante de derecho como por litro instalado, se actualizarán, para cada tipología de
población y sistema de recogida, el 40 % de los importes unitarios indicados en el
Anexo para el nuevo año, según el IPC nacional del año transcurrido.
Importe anual unitario año i = importe anual unitario año i-1 * [0,600 + 0,400 * (1+ IPC año i-1)]

-

Parte variable por el material recogido

Para calcular los nuevos importes unitarios por kilogramo a aplicar durante el año,
para cada tipología de población y sistema de recogida, se aplicará la siguiente
fórmula de actualización, que tiene en cuenta la variación del IPC del año transcurrido
y la variación del índice de coste del combustible 85:
Importe anual unitarioañoi = importe anual unitario año i-1*[0,201 + 0,684*(1+IPCañoi-1)+0,115*(1+Icombustible)]

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85 Índice del precio sin IVA del gasóleo de automoción nacional publicado por el Ministerio de Industria,
http://www.mityc.es/energia/petroleo/Precios/Informes/InformesMensuales/Paginas/IndexInformesMensuales.aspx utilizando
la variación del promedio interanual.
Se calcula: Icombustible año i         i-2-noviembre añoi-1   
periodo (diciembre añoi-3-noviembre añoi-2)/12).