D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 499
Para Entidades de nueva incorporación el porcentaje de envases de aplicación para el
primer año será del 40%.
Si una Entidad no está de acuerdo con el porcentaje considerado en este apartado,
podrá solicitar el desarrollo de un plan de caracterización del material siguiendo lo
establecido en el ANEXO IV.I.1 BIS, tras cuya conclusión el valor obtenido será de
aplicación en la facturación. Ecoembes también podrá acogerse a lo previsto en el
citado anexo para una determinada Entidad, si existen pruebas razonables de que el
porcentaje señalado en este apartado no representa el porcentaje real de envases de
papel-cartón adheridos al SIG.
Fórmula de pago por la recogida monomaterial
El pago de Ecoembes por la recogida monomaterial de papel-cartón en contenedores
específicos, se compone de una parte asociada a los contenedores instalados, que
denominaremos parte fija, y otra parte asociada al material recogido, que
denominaremos parte variable.
Este sistema de pago aplica a los sistemas de recogida mediante iglú, contenedor de
carga trasera con tapa cerrada 37, contenedor de carga lateral 38 con tapa cerrada y
contenedor soterrado con tapa cerrada. Para cualquier sistema de recogida
monomaterial de papel-cartón diferente de los mencionados, se deberá definir en un
acuerdo particularizado previo con Ecoembes.
Si en una Entidad coexisten varios sistemas, la facturación se realizará para cada
sistema por separado, teniendo en cuenta la población generadora incorporada a la
que se presta servicio con cada uno de ellos 39 y las cantidades recogidas por cada
sistema.
1) PARTE FIJA: pago asociado al despliegue del servicio
El despliegue del servicio se refiere a los contenedores efectivamente instalados en
las proximidades del domicilio del consumidor. Este pago incluye la amortización y
carga financiera de adquisición de los contenedores, el lavado, mantenimiento y
reposición de los mismos, el coste de movimientos improductivos y un porcentaje
correspondiente a gastos de estructura, gastos generales y beneficio industrial.
37
Se considera tapa cerrada cuando los contenedores disponen de un sistema de bloqueo/cierre que evita la apertura total de
la tapa, debiéndose depositar el papel-cartón a través de unas bocas de tamaño limitado.
Carga lateral incluye cualquier sistema en el que el operario/conductor no tiene que bajar de la cabina para realizar la
operación de descarga de los contenedores.
39
El reparto de población generadora a cada sistema de recogida, salvo que se conozca el reparto real, se realizará un reparto
proporcional o bien en función de la dotación [Dot] asociada a cada sistema, bien en función de los kilos recogidos siempre que
su pesaje pueda ser diferenciado.
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B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 499
Para Entidades de nueva incorporación el porcentaje de envases de aplicación para el
primer año será del 40%.
Si una Entidad no está de acuerdo con el porcentaje considerado en este apartado,
podrá solicitar el desarrollo de un plan de caracterización del material siguiendo lo
establecido en el ANEXO IV.I.1 BIS, tras cuya conclusión el valor obtenido será de
aplicación en la facturación. Ecoembes también podrá acogerse a lo previsto en el
citado anexo para una determinada Entidad, si existen pruebas razonables de que el
porcentaje señalado en este apartado no representa el porcentaje real de envases de
papel-cartón adheridos al SIG.
Fórmula de pago por la recogida monomaterial
El pago de Ecoembes por la recogida monomaterial de papel-cartón en contenedores
específicos, se compone de una parte asociada a los contenedores instalados, que
denominaremos parte fija, y otra parte asociada al material recogido, que
denominaremos parte variable.
Este sistema de pago aplica a los sistemas de recogida mediante iglú, contenedor de
carga trasera con tapa cerrada 37, contenedor de carga lateral 38 con tapa cerrada y
contenedor soterrado con tapa cerrada. Para cualquier sistema de recogida
monomaterial de papel-cartón diferente de los mencionados, se deberá definir en un
acuerdo particularizado previo con Ecoembes.
Si en una Entidad coexisten varios sistemas, la facturación se realizará para cada
sistema por separado, teniendo en cuenta la población generadora incorporada a la
que se presta servicio con cada uno de ellos 39 y las cantidades recogidas por cada
sistema.
1) PARTE FIJA: pago asociado al despliegue del servicio
El despliegue del servicio se refiere a los contenedores efectivamente instalados en
las proximidades del domicilio del consumidor. Este pago incluye la amortización y
carga financiera de adquisición de los contenedores, el lavado, mantenimiento y
reposición de los mismos, el coste de movimientos improductivos y un porcentaje
correspondiente a gastos de estructura, gastos generales y beneficio industrial.
37
Se considera tapa cerrada cuando los contenedores disponen de un sistema de bloqueo/cierre que evita la apertura total de
la tapa, debiéndose depositar el papel-cartón a través de unas bocas de tamaño limitado.
Carga lateral incluye cualquier sistema en el que el operario/conductor no tiene que bajar de la cabina para realizar la
operación de descarga de los contenedores.
39
El reparto de población generadora a cada sistema de recogida, salvo que se conozca el reparto real, se realizará un reparto
proporcional o bien en función de la dotación [Dot] asociada a cada sistema, bien en función de los kilos recogidos siempre que
su pesaje pueda ser diferenciado.
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