D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

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responsabilidad del SIG en esta actividad de recogida debe ajustarse al porcentaje
correspondiente a los envases adheridos al mismo.
Durante el período de vigencia del presente convenio aplicarán a la facturación por
esta actividad los siguientes porcentajes sobre el material recogido (aplicará el más
elevado entre ambos):
x
x

40% o el porcentaje resultante de la aplicación de la recta del punto siguiente
(caso más favorable), siempre que las cantidades totales recogidas en el ámbito
de la Comunidad Autónoma sean iguales o inferiores a las del año 201133.
El porcentaje resultante de la aplicación de la siguiente recta si las cantidades
recogidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma son superiores a las del año
2011, en función de la aportación 34:

Porcentaje de
envases 35:
[46,15500 < 28
kilos/habitante (aportación x
0,53260)]/100
año

kilos/habitante
31,24%
año
Aportación

33

BOCM-20221214-36

Durante el mes de febrero de cada año se cuantificará la cantidad total de PC recogida en el ámbito de la Comunidad
Autónoma, realizando en su caso las estimaciones necesarias por la facturación no recibida. En el caso de que la cantidad total
recogida supere la cantidad total recogida en el año 2011 (57.798 toneladas), se procederá a una regularización aplicando la
fórmula prevista en este apartado (porcentaje en función de la aportación por habitante), salvo que Ecoembes decida lo
contrario. En el caso de que se lleve a cabo la regularización, Ecoembes elaborará una única factura rectificativa para cada unidad
de gestión.
34
Kilos recogidos por habitante y año por Entidad (población generadora), considerando conjuntamente todos los sistemas de
recogida monomaterial implantados en la Entidad, en el año natural inmediatamente anterior al de aplicación del porcentaje.
En el caso de municipios que se segreguen de una Entidad, asumirán el porcentaje de la Entidad a la que se integre, o en su
defecto de la Entidad de la que se ha separado. En el caso de que una entidad no haya cargado en un ejercicio kilos recogidos
de uno o varios meses, se entenderá a efectos del cálculo del porcentaje de envases correspondiente a la recogida
monomaterial, que no ha habido recogida en esos periodos, salvo que la incorporación de la entidad a la recogida
monomaterial se haya producido a mitad del ejercicio precedente, en cuyo caso sólo se tendrá en cuenta los datos de los meses
con información a contar desde el primer mes de puesta en marcha
35
El porcentaje de envases de aplicación se calculará una vez finalizada la facturación completa del año, no pudiendo generarse
facturas del ejercicio siguiente hasta disponer de la información necesaria para ello. En el caso de regularizaciones en la
facturación del año de referencia, sólo se revisará el porcentaje de envases de cartón adheridos si la variación en la aportación
(kg/hab.año) es superior al 25%.