D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
En caso de que el reciclador no pueda hacerse cargo del reciclado del lote, éste será
devuelto a la planta para su reprocesado, según lo indicado en el siguiente punto.
Para el caso de designación del recuperador por parte de la Entidad, no se admitirá la
opción del reacondicionamiento del material por parte del recuperador/reciclador y,
por lo tanto, si el material es retirado de la planta, no podrá considerarse para la
facturación por selección.
3. Tercer Control de Seguimiento:
Podrán darse dos situaciones. El lote (compuesto por el material reprocesado y las
nuevas balas generadas inmediatamente después del 1ºlote controlado, en el caso de
que dicho lote no hubiera cumplido ETMR):
A. Cumple ETMR: se procederá a la retirada del lote controlado por parte del
reciclador adjudicatario.
B. No cumple ETMR: Tercer Incumplimiento del Control de Seguimiento.
Aunque la situación deseable será la de reprocesar el lote de material, se podrán dar
dos situaciones:
B.1. Reprocesado del material
Ecoembes concederá a la planta el plazo máximo de 1 mes desde la finalización del
control de calidad, o el que se acuerde entre las partes, para que ésta proceda al
reprocesado del material, tantas veces como estime oportuno hasta que cumple
ETMR. Tanto el reprocesado del material como el nuevo control de seguimiento, así
como los posibles sucesivos controles, serán a coste de la planta de selección.
B.2. Pago sobrecoste para “Reacondicionamiento del material para su reciclado”
La planta podrá solicitar a Ecoembes la retirada del material por el reciclador
adjudicatario, haciéndose cargo del sobrecoste de reciclado, al igual que se indica en
el punto anterior.
En caso de que el reciclador adjudicatario pueda hacerse cargo del material para su
reciclado, Ecoembes no tramitará con la planta el incumplimiento de éste. En caso de
que el reciclador no pueda hacerse cargo del reciclado del lote, éste será devuelto a
la planta para su reprocesado, según lo indicado en el siguiente punto.
Para el caso de designación del recuperador por parte de la Entidad, no se admitirá la
opción del reacondicionamiento del material por parte del recuperador/ reciclador y,
BOCM-20221214-36
Pág. 600
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 297
En caso de que el reciclador no pueda hacerse cargo del reciclado del lote, éste será
devuelto a la planta para su reprocesado, según lo indicado en el siguiente punto.
Para el caso de designación del recuperador por parte de la Entidad, no se admitirá la
opción del reacondicionamiento del material por parte del recuperador/reciclador y,
por lo tanto, si el material es retirado de la planta, no podrá considerarse para la
facturación por selección.
3. Tercer Control de Seguimiento:
Podrán darse dos situaciones. El lote (compuesto por el material reprocesado y las
nuevas balas generadas inmediatamente después del 1ºlote controlado, en el caso de
que dicho lote no hubiera cumplido ETMR):
A. Cumple ETMR: se procederá a la retirada del lote controlado por parte del
reciclador adjudicatario.
B. No cumple ETMR: Tercer Incumplimiento del Control de Seguimiento.
Aunque la situación deseable será la de reprocesar el lote de material, se podrán dar
dos situaciones:
B.1. Reprocesado del material
Ecoembes concederá a la planta el plazo máximo de 1 mes desde la finalización del
control de calidad, o el que se acuerde entre las partes, para que ésta proceda al
reprocesado del material, tantas veces como estime oportuno hasta que cumple
ETMR. Tanto el reprocesado del material como el nuevo control de seguimiento, así
como los posibles sucesivos controles, serán a coste de la planta de selección.
B.2. Pago sobrecoste para “Reacondicionamiento del material para su reciclado”
La planta podrá solicitar a Ecoembes la retirada del material por el reciclador
adjudicatario, haciéndose cargo del sobrecoste de reciclado, al igual que se indica en
el punto anterior.
En caso de que el reciclador adjudicatario pueda hacerse cargo del material para su
reciclado, Ecoembes no tramitará con la planta el incumplimiento de éste. En caso de
que el reciclador no pueda hacerse cargo del reciclado del lote, éste será devuelto a
la planta para su reprocesado, según lo indicado en el siguiente punto.
Para el caso de designación del recuperador por parte de la Entidad, no se admitirá la
opción del reacondicionamiento del material por parte del recuperador/ reciclador y,
BOCM-20221214-36
Pág. 600
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID