D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 597

Parámetros a controlar y emisión del informe
- Los parámetros a controlar dependen del tipo de material y serán los que
aparecen en las Fichas de Control de Calidad de material seleccionado.
- En el control de calidad del Papel/Cartón, los envases de papel-cartón cuya
identificación entre Doméstico con o sin Punto Verde 128 y Comercial con o sin
Punto Verde42 resulte difícil, se apartarán y formarán dos fracciones de Envase
Doméstico Dudoso y Envase Comercial Dudoso, respectivamente. La fracción de
dudosos doméstico se repartirá proporcionalmente entre las que hayan resultado
de Doméstico con Punto Verde42 y Doméstico sin Punto Verde42. Se procederá de
la misma manera con la fracción de Dudosos Comercial.
Las modificaciones que puedan realizarse en el Procedimiento de Control serán
comunicadas a la Entidad gestora, entendiéndose dichas modificaciones aprobadas
tácitamente, salvo comunicación expresa en sentido contrario antes de transcurridos
10 días hábiles, en cuyo caso será en el seno de la Comisión de Seguimiento donde se
analicen y, en su caso, acuerden.
5.3. Comunicación a la Entidad gestora y remisión del informe
-

Ecoembes se pondrá en contacto con la planta de selección para coordinar las
fechas y la realización del control. El coste de estos controles será por cuenta de
Ecoembes salvo en las circunstancias que se indican más adelante.

-

Al finalizar el control, las fichas de Control de Calidad, debidamente firmadas,
serán entregadas a los asistentes, y sus resultados se considerarán válidos a los
efectos oportunos.

5.4. Acceso a la información
La entidad propietaria de la planta de selección tendrá acceso a los resultados de
control de calidad para su consulta, a través del Sistema Web de Gestión de
Ecoembes.
6. Procedimiento en caso de incumplimiento de las ETMR.
Se podrán dar las siguientes situaciones en las plantas de selección en función de lo
siguiente:

128

Plantas de nuevo funcionamiento: a las plantas de primera puesta en marcha se
les concederá un período de adaptación al cumplimiento de las ETMR de tres
meses. Durante este periodo Ecoembes podrá realizar cuantos controles de
calidad se estimen necesarios. Puesto que el objetivo de dichos controles es
O símbolo de pertenencia al SIG vigente en cada momento.

BOCM-20221214-36

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