D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio –  Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 297

MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 567

x Su correcta utilización por los usuarios (serigrafía correcta 107 y visible, cierres 108
y bocas de los contenedores en correcto estado y cuerpos y tapas íntegros).
x Posibilitar su recogida (elementos de elevación, ruedas, integridad del
contenedor); cuando el contenedor no pueda ser reparado o el coste sea
elevado, procedería su reposición.
El seguimiento de este parámetro se hará directamente sobre los contenedores
mediante controles “in situ”.

Urbano
Semi
Rural

7
6,5
4

8
6,5
4

Soterrado

Iglú

Tipología municipio

C Carga lateral

Recogida de Envases ligeros
Carga trasera


lavados/año

8
7
4

7
6,5
4

Recogida de Papelcartón

x Limpieza de los contenedores: La frecuencia de lavado depende de la actividad y del
sistema de recogida. Los valores de referencia para cada servicio, son los siguientes:

3
2
1

Para el control de este parámetro se hará una verificación formal, es decir, se validará
que la Entidad (o su operador) ha llevado a cabo las operaciones de lavado mediante
justificación documental.
Desbordamiento de los contenedores en el momento del vaciado: se considera
como referencia de servicio un promedio de llenado de los contenedores de un 66%.
Se define contenedor desbordado aquel cuyo llenado es del 100% y se observa
presencia de residuos de dicha fracción en su entorno. La presencia de otros residuos
u objetos alrededor de los contenedores no supone desbordamiento, si hay todavía
capacidad en los mismos.
Metodología

107

BOCM-20221214-36

Para envases ligeros, se definirá como tal a aquella que incorpore de manera visible iconos de envases ligeros junto con el
mensaje “Envases”, la que indique “envases de plástico, latas y briks” o la que muestre ilustraciones de envases ligeros (botella
de agua, bolsa de plástico, lata de conserva, bote de refresco, brik de leche o zumo, etc.).
En el caso del papel-cartón, se definirá como tal aquella que incorpore de manera visible al menos el mensaje “papel-cartón”
y/o ilustraciones (cajas de galletas, de zapatos, de comida precocinada, periódicos, etc.).
108
Un contenedor tendrá el/los cierres correctos cuando la tapa esté bloqueada y no sea posible su apertura manualmente o
bien, cuando estando abierta la tapa en el momento de su revisión, sea posible cerrarla.