D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20221214-36)
Convenio – Convenio de 17 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, Ecoembalajes España, S. A., y la Federación de Municipios de Madrid, por el que se establece la regulación de los compromisos relativos al Sistema Integrado de Gestión de Residuos (SIG)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 555
hipótesis básicas de cálculo: densidad, factor de compactación) que, de superarse,
daría paso al control visual.
Para aplicar el control por peso se debe contar con un listado actualizado con
información de todos los vehículos de recogida. Ecoembes habilitará a través del
Sistema Web de Gestión en internet, la carga de esta información por parte de las
Entidades locales (para cada vehículo se indicará: matrícula, volumen de la caja, tara,
tipo de recogida: superior, trasera, lateral, si compacta o no, si es bicompartimentado
o no y fecha de baja del vehículo). Con esta información y con los resultados de
porcentajes de impropios obtenidos en las caracterizaciones, Ecoembes elaborará,
cada cuatrimestre, una tabla con los límites de pesos (índice máximo e índice de
referencia) de cada vehículo de cada Entidad.
Las plantas de selección y estaciones de transferencia tendrán acceso, a través del
Sistema Web de Gestión, a la información de las Entidades que entregan sus envases
ligeros en las mismas, utilizándola para la aplicación del procedimiento. Si a una
planta o estación llega un vehículo que no está incorporado en las tablas, el
responsable de la planta lo comunicará a la Entidad local (con copia a Ecoembes) para
que lo de de alta en el Sistema Web de Gestión; si transcurrido un mes desde el envío
de la comunicación, la Entidad no lo ha dado de alta, la planta podrá decidir no
permitir la entrada de dicho vehículo.
x
Control visual
Supone el control de la apariencia del material. Aplica cuando el peso de un vehículo
está entre el peso de referencia y el peso máximo, y también en plantas de selección
cuando, aun no llegando al peso de referencia, al descargar la carga se identifican
materiales de riesgo para la seguridad de los operarios o dañinos para los equipos de
la planta (sería de aplicación, por ejemplo, para el control de rutas problemáticas que
la planta identifica en su labor diaria).
Para realizar el control visual se separa el material del vehículo que ha superado el
peso de referencia en una zona aislada y se procede a avisar, en el mismo día, a la
Entidad de origen del material. La instalación debe justificar adecuadamente la
incidencia detectada y su origen, incluyendo registro fotográfico del material. Se
concede un máximo de 24 horas (o 2 días hábiles en el caso de plantas con espacio
suficiente) para que se persone en la instalación un representante de la Entidad, el
cual procederá conjuntamente con el representante de la instalación a realizar el
control visual. Las Entidades podrán delegar la realización del control visual en el
operario de recogida del vehículo, como forma de agilizar el desarrollo del
procedimiento.
BOCM-20221214-36
Los aspectos a tener en cuenta en el control visual serán: en primer lugar la desviación
de la calidad aparente del material respecto de la calidad obtenida en las
B.O.C.M. Núm. 297
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE DICIEMBRE DE 2022
Pág. 555
hipótesis básicas de cálculo: densidad, factor de compactación) que, de superarse,
daría paso al control visual.
Para aplicar el control por peso se debe contar con un listado actualizado con
información de todos los vehículos de recogida. Ecoembes habilitará a través del
Sistema Web de Gestión en internet, la carga de esta información por parte de las
Entidades locales (para cada vehículo se indicará: matrícula, volumen de la caja, tara,
tipo de recogida: superior, trasera, lateral, si compacta o no, si es bicompartimentado
o no y fecha de baja del vehículo). Con esta información y con los resultados de
porcentajes de impropios obtenidos en las caracterizaciones, Ecoembes elaborará,
cada cuatrimestre, una tabla con los límites de pesos (índice máximo e índice de
referencia) de cada vehículo de cada Entidad.
Las plantas de selección y estaciones de transferencia tendrán acceso, a través del
Sistema Web de Gestión, a la información de las Entidades que entregan sus envases
ligeros en las mismas, utilizándola para la aplicación del procedimiento. Si a una
planta o estación llega un vehículo que no está incorporado en las tablas, el
responsable de la planta lo comunicará a la Entidad local (con copia a Ecoembes) para
que lo de de alta en el Sistema Web de Gestión; si transcurrido un mes desde el envío
de la comunicación, la Entidad no lo ha dado de alta, la planta podrá decidir no
permitir la entrada de dicho vehículo.
x
Control visual
Supone el control de la apariencia del material. Aplica cuando el peso de un vehículo
está entre el peso de referencia y el peso máximo, y también en plantas de selección
cuando, aun no llegando al peso de referencia, al descargar la carga se identifican
materiales de riesgo para la seguridad de los operarios o dañinos para los equipos de
la planta (sería de aplicación, por ejemplo, para el control de rutas problemáticas que
la planta identifica en su labor diaria).
Para realizar el control visual se separa el material del vehículo que ha superado el
peso de referencia en una zona aislada y se procede a avisar, en el mismo día, a la
Entidad de origen del material. La instalación debe justificar adecuadamente la
incidencia detectada y su origen, incluyendo registro fotográfico del material. Se
concede un máximo de 24 horas (o 2 días hábiles en el caso de plantas con espacio
suficiente) para que se persone en la instalación un representante de la Entidad, el
cual procederá conjuntamente con el representante de la instalación a realizar el
control visual. Las Entidades podrán delegar la realización del control visual en el
operario de recogida del vehículo, como forma de agilizar el desarrollo del
procedimiento.
BOCM-20221214-36
Los aspectos a tener en cuenta en el control visual serán: en primer lugar la desviación
de la calidad aparente del material respecto de la calidad obtenida en las