A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221213-1)
Plan de estudios –  Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el Plan de Estudios del Ciclo Formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

ante las creaciones artísticas, comunicativas y funcionales. Duración: cuarenta y
cinco minutos.
b) Segundo ejercicio: realización de un dibujo artístico a partir de un modelo del natural. En este ejercicio se valorarán la sensibilidad artística, la capacidad compositiva y las capacidades de representación y de mímesis. Duración: noventa minutos.
c) Tercer ejercicio: realización, a partir de un texto propuesto, de una composición
gráfica. Se valorarán las aptitudes artísticas, compositivas y comunicativas. Duración: ciento veinte minutos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Módulo propio “Lengua extranjera profesional” de la Comunidad de Madrid
En el módulo profesional propio Lengua extranjera profesional establecido en el presente Decreto se impartirá como norma general la lengua inglesa. La consejería competente en materia de Educación podrá autorizar, excepcionalmente, que la lengua impartida sea
distinta del inglés, previa solicitud motivada del centro docente.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Autonomía pedagógica de los centros docentes
En virtud del Decreto 72/2013, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la autonomía de los centros para la fijación de los planes de estudio de los
ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Artes Plásticas y Diseño de la Comunidad de Madrid, la consejería con competencias en materia de Educación podrá autorizar proyectos propiciados por centros públicos o privados autorizados que comporten una
organización curricular de las enseñanzas del ciclo formativo de grado superior, correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación, diferente de
la establecida en este Decreto, siempre y cuando queden garantizadas, en todos sus aspectos,
las enseñanzas mínimas dispuestas en el citado Real Decreto 1427/2012, de 11 de octubre.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Implantación del nuevo currículo
Las enseñanzas que se determinan en el presente Decreto se implantarán a partir del
curso escolar 2022-2023.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación para el desarrollo normativo
Se autoriza al titular de la consejería competente en materia de Educación a dictar las
disposiciones que sean precisas para el desarrollo de lo dispuesto en este Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
TÍN

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

BOCM-20221213-1

Madrid, a 7 de diciembre de 2022.