Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas (BOCM-20221213-90)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 296

MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

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B) Méritos específicos y formación: Se valorará hasta un máximo de 4 puntos de la
forma establecida a continuación:
B.1. Formación general: Se valorará hasta un máximo de 2 puntos cursos de
formación y perfeccionamiento. Se valorarán las acciones formativas directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado,
formación transversal, cursos de idiomas, cursos impartidos por la plataforma de formación de cualquiera de los Ayuntamientos de la Mancomunidad, centros oficiales, centros homologados y acreditados, Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de Formación continua de las
Administraciones Públicas, universidades o colegios profesionales, sindicatos o bien por cualquier organismo público o privado siempre que se
acrediten mediante título, certificado o diploma, hasta el máximo de
puntuación que se establezca en las bases específicas. No se valorarán
las acciones formativas que no acrediten el número de horas ni tampoco
las materias cursadas para la obtención de cualquier título universitario.
Se valorarán en función de las horas de duración, a razón de:
— Hasta 20 horas: 0.2 puntos/curso.
— De 21 a 40 horas: 0.4 puntos/curso.
— De 41 a 80 horas: 0,8 puntos/curso.
— Más de 80 horas: 1 punto/curso.
B.2. Formación complementaria: Se valorará hasta un máximo de 2 puntos la
experiencia/formación en la tramitación electrónica de expedientes administrativos de los servicios propios de la administración local.
En caso de empate en la fase de concurso este se dirimirá a favor del aspirante con mayor puntuación obtenida en la base cuarta, letra A, apartado A.1. De persistir el empate, se
dirimirá en favor del aspirante que tenga mayor puntuación en la fase de méritos (letra b de
la base cuarta); y de persistir el mismo, se resolverá por sorteo.
5. Incidencias

BOCM-20221213-90

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
de Régimen Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, con carácter supletorio.
Morata de Tajuña, a 9 de diciembre de 2022.—El presidente, Vicente Real Díaz.
(03/23.963/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791