D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221213-38)
Convenio –  Convenio de colaboración de 6 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Netmentora Madrid by Réseau Entreprendre, para el desarrollo de actividades dentro del programa de atención a empresas en dificultades
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

Décima
Control y seguimiento
Para el seguimiento del convenio se constituirá una Comisión de Control y Seguimiento integrada por:
— El titular de la Viceconsejería competente en materia de economía o persona en
quien delegue, que actuará como presidente de la Comisión y que contará con el
voto de calidad. En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal, será
sustituido por la persona titular de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, o persona en quien delegue.
— Una persona en representación de la Viceconsejería competente en materia de economía, perteneciente a la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento.
— La Directora General de Netmentora Madrid, que actuará como secretario de la
Comisión. En caso de ausencia, vacante, enfermedad u otra causa legal, será sustituido por el miembro de la Junta Directiva que ésta designe.
— Una persona en representación de Netmentora Madrid.
Sin perjuicio de lo recogido en este convenio, esta Comisión queda sujeta a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
Serán funciones de esta Comisión las siguientes:
a) Realizar el seguimiento técnico y económico del convenio.
b) Proponer cuantas medidas se estimen adecuadas para el mejor desarrollo y cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidos en el convenio.
c) Garantizar la coordinación, colaboración e intercambio de información entre las
partes firmantes del convenio.
d) Interpretar y resolver controversias previas a la vía jurisdiccional.
e) Realizar el seguimiento de los indicadores de calidad.
f) Cuantas otras se establezcan para el buen fin del convenio.
Décimo primera
El presente convenio se encuentra excluido de la normativa vigente en materia de contratación pública, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, rigiéndose por las estipulaciones contenidas en el mismo si bien en lo no previsto, así como para
la resolución de las dudas y lagunas que pudieran suscitarse, serán de aplicación los principios
y criterios de dicha Ley.
Es de aplicación a este convenio la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el Decreto 8/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El presente convenio tiene carácter administrativo por lo que cualquier litigio que pudiera surgir entre las partes en cuanto a su interpretación, aplicación y cumplimiento y que
no pudiera ser resuelto en el seno de la Comisión de Control y Seguimiento, deberá ser sustanciado ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa de Madrid.
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio, por triplicado
ejemplar, y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en su encabezamiento.
Madrid, a 6 de julio de 2022.—En representación de la Comunidad de Madrid, el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía, Manuel Llamas Fraga.—En representación de Netmentora Madrid by
Réseau Entreprendre, la Presidenta de Netmentora Madrid, María Dolores Balmes.
(03/23.222/22)

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ISSN 1989-4791

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