D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221213-38)
Convenio –  Convenio de colaboración de 6 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Netmentora Madrid by Réseau Entreprendre, para el desarrollo de actividades dentro del programa de atención a empresas en dificultades
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

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Sexta
Difusión
Para el desarrollo del objeto previsto en el Convenio y durante toda la vigencia del mismo, las partes podrán, previa autorización otorgada por escrito por la otra Parte, divulgar en
las diferentes publicaciones que editen y en sus respectivas páginas web, su mutua colaboración y emplear el logotipo de la otra parte contratante.
A tal efecto, y para el caso de que se conceda la autorización a la que se hace referencia en el párrafo anterior, cada una de las partes firmantes del presente Convenio se compromete a:
Entregar a la otra Parte las muestras, materiales y diseños donde consten sus logotipos
con el fin de que puedan ser utilizados en las acciones de desarrollo del presente Convenio.
Someter a la autorización de la otra Parte, para su revisión, antes de su impresión final
y/o difusión, todos los materiales que reproduzcan tanto su nombre como su logotipo.
Las partes se obligan a no utilizar, sin el consentimiento expreso de la otra Parte, imágenes, marcas comerciales, logotipos, etc., quedando bien entendido que los derechos de
propiedad intelectual sobre los mismos son de exclusiva titularidad de cada una de las partes y por el hecho de facilitar su uso al amparo del Convenio no se otorga ningún tipo de
derecho o licencia sobre aquellos.
Séptima
Cesión de derechos
En ningún momento se considerará que una de las partes cede a la otra ningún derecho, título o interés sobre la propiedad intelectual o industrial que sea de su titularidad. Las
partes conservarán todos los derechos sobre sus respectivos nombres, logos, marcas y/o
cualesquiera otros bienes protegidos por las normas vigentes en materia de propiedad intelectual o industrial.
Octava
Régimen económico
La suscripción del Convenio no supone coste económico alguno para las partes.
Novena
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

BOCM-20221213-38

Protección de datos