D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221213-39)
Convenio –  Convenio de colaboración de 14 de octubre de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y J&A Garrigues S.L.P., para el desarrollo de actividades dentro del programa de atención a autónomos y empresas en dificultades a través de acciones de asesoramiento y apoyo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

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el apoyo y seguimiento de las empresas que participen en el programa de atención a empresas en dificultades.
Segunda
La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
se compromete a:
1. Desarrollar una fase de diagnóstico en la que mediante entrevistas con representantes de las empresas que se acojan al programa de atención a empresas en dificultades determine aquellas que precisen una orientación jurídica específica que la Comunidad de
Madrid no pueda prestar, y que se estime que podría ser prestada por Garrigues en los términos del convenio. En esta fase, la Comunidad de Madrid asume las obligaciones de identificación y demás obligaciones requeridas, en su caso, en por la Ley 10/2010 de 28 de abril,
de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, respecto de las
empresas que se acojan al programa y que se considere que deban ser atendidas por Garrigues, obtendrá y enviará a Garrigues la siguiente documentación:
— En caso de que quien se acoja al programa sea una persona física: Copia de su documento nacional de identidad o documento equivalente.
— En caso de que quien se acoja sea una persona jurídica: Su razón social, su número
de identificación fiscal (NIF) y la acreditación de su titular real.
2. La Comunidad de Madrid, asumirá la organización y desarrollo de las actuaciones
que, siendo necesarias o convenientes, se enmarquen en la estricta ejecución del programa
de atención a empresas en dificultades, tales como diagnóstico inicial, recopilación de la información necesaria y comunicación de los datos necesarios.
Garrigues se compromete a:
1. Prestar, a solicitud de la Comunidad de Madrid, hasta 200 horas anuales de orientación legal gratuita prestada por profesionales de Garrigues a las empresas que hayan entrado en el programa de atención a empresas en dificultades y cuyas solicitudes de orientación gratuita le sean remitidas por la Comunidad de Madrid.
Salvo acuerdo expreso de las partes en otro sentido, las horas prestadas por Garrigues
en materia concursal o preconcursal no podrán exceder del 50% del total de las horas ofertadas. El resto de horas ofertadas se podrán prestar en el resto de ámbitos jurídicos que constituyen la actividad habitual de Garrigues (propiedad intelectual e industrial, derecho tributario, derecho administrativo, derecho mercantil, etc.) en función de las necesidades que fije
la Comunidad de Madrid respecto de las empresas que hayan entrado en el programa de
atención a empresas en dificultades.
La orientación jurídica prestada a cada una de las empresas/empresarios que hayan entrado en el programa, no excederá de 8 horas de atención por parte de los profesionales de
Garrigues que este designe para la prestación de la misma y versará, en todo caso, sobre las
materias de derecho empresarial que constituyen la actividad habitual de Garrigues.
Las horas dedicadas por los profesionales de Garrigues a la prestación del servicio se
considerarán como horas de trabajo desarrolladas en el seno de Garrigues.
2. Garrigues designará a los profesionales que prestarán el servicio de orientación jurídica en función de la materia en la que se requiera la misma.
Los profesionales de Garrigues asignados para prestar al servicio de orientación jurídica a una persona que haya entrado en el programa y cuya solicitud de orientación le sea
remitida por la Comunidad de Madrid, se reunirán con los representantes de la empresa/empresario, de forma presencial o telemática, en función de lo que las circunstancias sanitarias aconsejen, revisarán la documentación que, en su caso, estos le aporten, estudiarán el
caso y darán su recomendación.
La orientación jurídica prestada al amparo de este convenio tiene por finalidad que la
persona física o jurídica que haya entrado en el programa pueda ser orientada jurídicamente de las implicaciones jurídicas de la situación en la que se encuentre y reciba información
sobre posibles salidas o alternativas a la misma. El asesoramiento de Garrigues no alcanzará por tanto a tareas como la implantación en la práctica de las recomendaciones realizadas,
representación en pleitos y procedimientos, negociación y redacción en acuerdos y contratos, etc., todo ello sin perjuicio de que Garrigues y la empresa/empresario en cuestión pudieran alcanzar un acuerdo que quedaría al margen del presente convenio.

BOCM-20221213-39

Obligaciones de las Partes