B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20221213-3)
Concurso de méritos –  Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca Concurso de Méritos para la renovación y la selección de directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid
63 páginas totales
Página
Pág. 52

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 296

yectos de dirección presentados a los efectos de su exposición y consulta para conocimiento exclusivamente de los miembros del Claustro de profesores y del Consejo Escolar.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127.c) y 129.f) de la LOE, dentro del
plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la remisión por parte de la
Dirección de Área Territorial correspondiente de las candidaturas y de los proyectos de dirección, se convocará un Claustro y Consejo Escolar extraordinarios con el objetivo de informar del nombre de los candidatos presentados, así como del lugar donde quedarán expuestos los proyectos de dirección para consulta exclusivamente de los miembros del
Claustro de profesores y del Consejo Escolar, sin que en ningún caso se puedan realizar exposiciones/presentaciones o votaciones de los proyectos presentados con anterioridad al
acto de exposición y defensa ante la Comisión de Selección. Los proyectos quedarán expuestos hasta la publicación de la Resolución con los candidatos seleccionados.
6.5. Admisión de aspirantes.
6.5.1. Relaciones provisionales de admitidos y excluidos y de valoración de los méritos objetivos.—Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección
General de Recursos Humanos dictará la Resolución por la que se declarará aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento, así como el resultado provisional de la valoración de los méritos objetivos. En dicha Resolución constarán los centros para los cuales ha sido admitido cada candidato y la identidad de los aspirantes
excluidos en su caso, con indicación de las causas de exclusión.
La indicada Resolución se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid en
https://www.tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/renovacion-seleccion-directores-22-23
También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personaleducacion ), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Renovación y selección de Directores”.
Estos listados se mantendrán expuestos, al menos, hasta la finalización del plazo de
presentación de alegaciones a la valoración provisional de los méritos objetivos.
6.5.2. Subsanación de solicitudes y alegaciones contra la valoración provisional de
los méritos objetivos.—Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación provisional, para subsanar
el error o defecto que motive su exclusión o presentar alegaciones contra la valoración de
los méritos objetivos.
No se admitirá en esta fase administrativa la aportación de nueva documentación que
no se haya presentado en el plazo habilitado para ello.
Los escritos de alegaciones se cumplimentarán conforme al modelo que figura como
Anexo IV de esta Resolución, al que se puede acceder en el portal de la Comunidad de
Madrid en https://www.tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/renovacion-selecciondirectores-22-23
También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( comunidad.madrid/servicios/personaleducacion ), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Renovación y selección de Directores”, y se dirigirán a la Subdirección General de Gestión
del Profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial,
adscrita a la Dirección General de Recursos Humanos, presentándose telemáticamente por
el procedimiento a que se alude en la base 4.3.
6.5.3. Relaciones definitivas de admitidos y excluidos y de valoración de los méritos objetivos.—Examinados los escritos de subsanación y las alegaciones presentadas, la
Dirección General de Recursos Humanos dictará la Resolución por la que se declare aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos y el resultado de la valoración de los
méritos objetivos.
La citada Resolución contendrá la indicación de los candidatos admitidos que hayan
alcanzado la puntuación mínima suficiente, conforme a la base 6.7.2, para pasar a la fase de
valoración del proyecto de dirección. Esta resolución se publicará en los mismos lugares
que la relación provisional y se mantendrá expuesta, al menos, hasta la publicación de la
Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos que contenga la relación de los
candidatos seleccionados para cada centro.
Contra la Resolución por la que se declare aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación,

BOCM-20221213-3

BOCM