A) Disposiciones Generales - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20221212-1)
Regulación edición electrónica y sede BOCM –  Decreto 126/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la edición electrónica y la sede electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 18

LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 295

Capítulo II
Acceso de los ciudadanos al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Artículo 6
Accesibilidad
La edición electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se realizará conforme a los principios de accesibilidad universal y usabilidad para todos los ciudadanos, de acuerdo con las normas establecidas al respecto, utilizando estándares abiertos
con una constante adaptación tecnológica.
Artículo 7
Acceso a la edición electrónica
1. La Administración de la Comunidad de Madrid garantizará por medio del Organismo Autónomo BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y a través de redes
abiertas de telecomunicaciones, el acceso universal y gratuito a la edición electrónica del
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. La edición electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID deberá estar accesible en su sede electrónica en la fecha que figure en la cabecera del ejemplar diario, salvo que ello resulte imposible por circunstancias extraordinarias de carácter
técnico, de las que se informará en la sede electrónica.
3. En todas las oficinas de información y atención al ciudadano y demás puntos que
se habiliten al efecto por la Administración de la Comunidad de Madrid, se facilitará la consulta pública y gratuita de la edición electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Artículo 8
Base de datos
El Organismo Autónomo BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ofrecerá
en su sede electrónica una base de datos gratuita que permita la búsqueda, recuperación e
impresión de las disposiciones y actos publicados en la edición digital del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Capítulo III
Publicación de documentos
Artículo 9
Solicitudes de publicación
La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se tramitará
por medio de la solicitud de inserción que se realizará a través de la aplicación informática
que se proporciona en la sede electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Además de la edición electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, existirá, obtenida de esta, una edición impresa de al menos tres ejemplares del
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para asegurar la conservación y custodia del mismo en el Organismo Autónomo BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.

BOCM-20221212-1

Edición impresa