Ciempozuelos (BOCM-20221212-91)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 295

les, contados a partir del siguiente al de la publicación de las bases y convocatoria en el
“BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se podrán presentar las instancias de la forma que establece el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
— Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte en vigor o documento
equivalente para los aspirantes no nacionales.
— Los méritos valorables se alegarán en la instancia o en el modelo normalizado establecido al efecto por el Ayuntamiento de Ciempozuelos. La fecha límite para la
alegación y presentación de méritos será aquella en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
— No serán tenidos en cuenta los méritos alegados y que no se hayan presentado en
el plazo y forma anteriormente mencionados.
— No se valorarán, en ningún caso, los méritos que no se justifiquen con la documentación adecuada.
— La falta de presentación de los documentos relativos a la justificación de los méritos no supondrá la exclusión de los aspirantes a las pruebas selectivas, aunque significará una valoración de cero puntos en el concurso.
— La falta de presentación de instancia oficial supondrá la exclusión de los aspirantes en las pruebas selectivas.
— Fotocopia de la titulación exigida o justificante de haberla solicitado con entrada
en el registro del órgano competente, sin perjuicio de que sea necesaria la presentación posterior del original.
— Documento que acredite el grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 para
aquellos que lo indiquen en la solicitud.
Quinta. Admisión de aspirantes.—Expirado el plazo de presentación de instancias, la alcaldesa-presidenta dictará resolución en el plazo máximo de un mes, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos publicándose en el Tablón de anuncios físico de la Casa
Consistorial y en el alojado en la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ).
Se concederá un plazo de diez días hábiles para subsanaciones y posibles reclamaciones. La lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentaran reclamaciones, procediéndose a su publicación
en el en el Tablón de anuncios físico de la Casa Consistorial y en el alojado en la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ), así como en la página web municipal.
Si hubiera reclamaciones serán estimadas o desestimadas, aprobándose la lista definitiva por resolución de Alcaldía, publicándose en el tablón de anuncios físico de la Casa
Consistorial y en el alojado en la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ),
así como en la página web municipal.
Sexta. Calendario de realización de las pruebas.—Se darán a conocer la fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición a través del tablón de anuncios físico de la
Casa Consistorial y del alojado en la sede electrónica municipal ( sede.ayto-ciempozuelos.org ),
así como en la página web municipal.
Séptima. Tribunal de selección.—l. El Tribunal calificador quedará constituido
por los siguientes miembros:
— Presidente: un empleado/a público/a, funcionario de carrera con voz y voto.
— Vocales: tres empleados/as públicos que habrán de contar con titulación igual o
superior a la exigida en la convocatoria con voz y voto.
— Secretario: un empleado/a público/a, funcionario de carrera, con voz y sin voto.
2. En su composición, el Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
3. Para actuar válidamente, el Tribunal requerirá, a tenor de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley 40/2015, la presencia del presidente y secretario o, en su caso, de quienes
les suplan, y de la mitad, al menos, de sus miembros. El Tribunal resolverá por mayoría de
votos de los presentes todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas
en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos, y tomará los
acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores o especialistas
que colaborarán en el ejercicio de su especialidad, para todos o alguno de los ejercicios y
serán nombrados miembros auxiliares del Tribunal.

BOCM-20221212-91

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