Madrid (BOCM-20221212-75)
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B.O.C.M. Núm. 295

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE DICIEMBRE DE 2022

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lio de 2019, modificado por Acuerdo de la junta de Gobierno en su sesión de 12 de noviembre de 2020),

Primero.—Conceder permiso extraordinario de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro en
la franja horaria comprendida entre las 23:00 horas y las 7:00 horas con una validez anual a
los vehículos industriales de empresas y profesionales para realizar labores de distribución
de mercancías en las calles y áreas peatonales, siempre y cuando cumplan las condiciones
previstas en el apartado 12 del Anexo III de la OMS para obtener los correspondientes permisos de acceso.
Las calles y áreas peatonales a las que se hace alusión en el párrafo anterior son:
— Calle Salud.
— Calle Montera.
— Plaza Ramales.
— Red de San Luis.
— Calle Preciados.
— Plaza Santo Domingo.
— Calle Arenal.
— Calle Tetuán.
— Plaza Isabel II.
— Plaza Callao.
— Calle Conchas.
— Calle Navas de Tolosa.
— Plaza de la Puerta del Sol.
— Calle del Carmen.
— Calle Fuencarral.
— Calle de Postas.
— Calle de San Cristóbal.
— Calle de Ciudad Rodrigo.
— Calle Gerona.
— Plaza de la Provincia.
— Calle Zaragoza.
— Calle Fresa.
— Plaza de Santa Cruz.
— Calle Marques Viudo de Pontejos.
— Calle San Ricardo.
— Calle del Correo.
— Calle de la Paz.
— Calle de la Bolsa.
— Calle Carretas.
— Calle Barcelona.
— Calle Cádiz.
— Calle de Espoz y Mina.
— Pasaje de Matheu.
— Calle de la Victoria.
— Calle del Pozo.
— Carrera de San Jerónimo (de puerta del Sol a Plaza de Canalejas).
— Calle de Alcalá (de Puerta del Sol a Calle Sevilla).
En cualquier caso el horario para realizar operaciones de carga y descarga en estas calles y áreas peatonales será el que establezca la señalización de la reserva.
Para la acreditación de la realización de labores de distribución de mercancías en las
zonas definidas será necesario que la empresa o profesional interesados:
1. En caso de disponer de vehículos industriales de los definidos en el apartado 12 del
Anexo III de la OMS:
a) El interesado deberá encontrarse dado de alta en el Sistema de gestión de accesos
a la ZBEDEP Distrito Centro (en adelante, SGDC) como empresa o profesional
que presta servicios o entrega o recoge suministros en la ZBEDEP Distrito Centro en los términos descritos en el apartado 12 del anexo III de la OMS.

BOCM-20221212-75

RESUELVO