Valdemoro (BOCM-20221209-79)
Organización y funcionamiento. Junta de Gobierno
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOCM
B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 337

BOCM-20221209-79

d) Proyectos de obras y de servicios para cuya contratación sea competente la Alcaldía y estén previstos en el Presupuesto General del Ayuntamiento.
e) Contratación del sector público, en los términos señalados en el punto 2 de este decreto y salvo los contratos menores y los derivados de un acuerdo marco o central
de contratación de cuantía igual o inferior a 50.000 euros, impuestos incluidos.
f) Adquisición, calificación, adscripción, utilización, disposición, protección y prerrogativas y, en general, la gestión del patrimonio municipal, salvo las competencias delegadas en la Concejalía Delegada con competencias urbanísticas.
g) La solicitud de Subvenciones a otras Administraciones o Entidades, así como conceder subvenciones, becas y la aprobación de la justificación.
h) Expropiación forzosa.
i) Responsabilidad patrimonial por daños a terceros u ocasionados por éstos a bienes
o derechos municipales, así como la autorización y disposición del gasto y el reconocimiento de la obligación derivada de los mismos.
j) Los reconocimientos extrajudiciales de crédito y las convalidaciones, recogidos
en las bases de ejecución del presupuesto 28.3, así como, autorización, disposición y
reconocimiento de obligaciones de importe superior a 50.000,00 euros, con la salvedad indicada en el punto número 1 apartado segundo del presente decreto.
k) Operaciones de tesorería, hasta el límite competencia de la Alcaldía-Presidencia.
l) Instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como instrumentos de gestión urbanística y de los
proyectos de urbanización.
m) Autorizaciones, declaraciones responsables y licencias para actos y usos previstas
en la legislación del suelo y de protección del medio ambiente, teniendo a efectos
de la legislación ambiental la consideración de órgano ambiental y de órgano sustantivo, salvo las licencias de obras menores.
n) Devolución de garantías relativas a la contratación del sector público.
o) Dentro de las materias objeto de delegación, la rectificación de errores materiales,
aritméticos y de hecho; la aprobación de las fases de autorización y disposición
del gasto.
p) La aprobación de los convenios de colaboración con otras Administraciones, o
Entidades.
Tercero.—Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local se realizarán, con carácter preferente, los lunes de cada semana a las 10 horas, con excepción de períodos estivales, navideños y otros feriados.
Cuarto.—Dejar sin efecto el decreto número 2356/2022, de 16 de junio.
Quinto.—Este decreto tendrá efecto a partir del día siguiente a su firma.
Sexto.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.
Séptimo.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 52 y 53 del Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Igualmente, se publicará en la sede electrónica y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Octavo.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión
que se celebre, de conformidad con el artículo 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre”,
Valdemoro, a 25 de noviembre de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/23.068/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791