Valdemoro (BOCM-20221209-80)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

13. Dentro de las materias objeto de delegación, la rectificación de errores materiales, aritméticos y de hecho, incluidos los contables, y la aprobación de las fases de autorización, disposición del gasto y reconocimiento de la obligación.
14. La constitución, modificación y extinción, así como, la aprobación de la cuenta
justificativa de anticipos de cajas fijas y de órdenes de pagos a justificar.
15. Ejercicio de la potestad sancionadora en materia urbanística, conforme a la
Ley 9/2001, 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y resto de normativa relacionada, que por cuantía atribuya competencia al alcalde.
16. Sancionar las infracciones tipificadas en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y en la Ordenanza de Movilidad Urbana, Tráfico y Transporte, y aquella legislación sectorial estatal y autonómica relacionada.
17. La ordenación de pagos por ejecución de sentencias judiciales siempre que su
importe sea igual o inferior a 50.000,00 euros.
18. Ordenación del gasto en relación con la ejecución de resoluciones judiciales.
Tercero.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada
de Servicios Sociales, Mayores, Empleo, Comercio y Diversidad Funcional, a la Concejala
doña Noemí Taboso Muñoz, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las
materias delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros.
Cuarto.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada
de Medio Ambiente, Personal, Régimen Interior, Turismo, Patrimonio Histórico y Consumo a la concejala doña Guadalupe García García, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Conferir delegación a doña Guadalupe García García con facultad para resolver mediante actos que afecten a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, la siguiente
atribución de Medio Ambiente de esta Alcaldía:
1. Autorización de tala, poda y retirada de arbolada.
Quinto.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejala-delegada
de Educación, Cultura, Juventud, Deportes, Igualdad y Salud a la concejala doña María
Nieves Pérez Couso, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes en las materias
delegadas, sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Sexto.—La Alcaldía mantiene las competencias referidas a Urbanismo, Obras y Servicios, Vivienda, Movilidad y Transportes.
Séptimo.—Establecer el alcance y condiciones de ejercicio de las atribuciones resolutorias delegadas en los siguientes términos:
a) La delegación comporta la traslación al órgano delegado del ejercicio de la función resolutoria sobre determinadas materias, conservando la Alcaldía, como órgano delegante, su titularidad y la facultad de modificar, suspender o avocar la delegación en todo momento.
b) La función resolutoria comprende la facultad de dictar actos de trámite y resoluciones administrativas dentro del ámbito competencial delegable de titularidad de
la Alcaldía, correspondiendo a ésta las atribuciones reservadas expresamente, no
delegables o no delegadas que el ordenamiento jurídico no reconozca como de titularidad del Pleno del Ayuntamiento.
c) Los órganos municipales no pueden alterar el ejercicio de las atribuciones que les
hayan sido delegadas mediante nueva delegación de atribuciones o de firma.
d) La delegación mantendrá su eficacia con independencia de que cambien las personas titulares o miembros del órgano delegante o del órgano delegado.
e) La delegación se entiende conferida por tiempo indefinido.
f) En caso de duda, prevalecerán las delegaciones conferidas a favor de órganos colegiados respecto de las recibidas por órganos unipersonales y las posteriores sobre las anteriores.
g) Los actos y las resoluciones dictadas por el órgano delegado se entienden dictados
a todos los efectos administrativos por la Alcaldía, que no puede actuar en el ámbito delegado mientras no proceda a su modificación, suspensión o revocación o
la avoque en un caso concreto.
h) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación de atribuciones se indicará expresamente esta circunstancia, identificando al órgano titular de la competen-

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