Valdemoro (BOCM-20221209-80)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 293

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80

VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se publica íntegra, para general conocimiento, la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 4083/2022, de 24 de noviembre, que dice literalmente:
“Visto que en el Pleno Municipal del día 24 de noviembre de 2022, tomó posesión de su
cargo como concejal de la Corporación Municipal, don Javier Agejas Martínez, este alcalde
considera necesaria la reestructuración de las competencias delegadas anteriormente a los
concejales atendiendo a la incorporación al Gobierno Municipal del referido concejal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con lo establecido en los artículos 43, 44,
45, 51, 114 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, corresponde al alcalde la facultad de delegar el ejercicio de determinadas
atribuciones a los concejales de Gobierno.
Por todo ello, esta Alcaldía, resuelve:

1. Las determinadas en el artículo 72 de la ordenanza general de gestión, inspección
y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público locales.
2. Los actos de aplicación y efectividad de los ingresos de derecho público y privado.
3. Emisión de documentos de cobro.
4. Formulación de alegaciones y emisión de escritos a otras Administraciones Públicas, en lo relativo a materias de gestión económico-administrativa.
5. Modificaciones presupuestarias, cuando la competencia sea del alcalde.
6. Información y asistencia a los obligados tributarios, gestión, inspección, recaudación y, en general, aplicación de tributos y otros ingresos municipales, gestión catastral.
7. Contratos sometidos a la normativa de contratación del sector público que tengan
la consideración legal de menores y los derivados de un acuerdo marco o central de contratación, de cuantía igual o inferior a 50.000,00 euros, impuestos incluidos.
8. Autorización, disposición y reconocimiento de obligaciones, cuando el Ayuntamiento sea obligado a su pago por cada obligación y acreedor, admitiendo gastos de personal, devolución de garantías distintas a las derivadas de la contratación pública, aportaciones de cuotas a entidades públicas o privadas y cualesquiera otras, siempre que su
importe sea igual o inferior a 50.000,00 euros, impuestos incluidos.
9. Ordenación de devolución de ingresos indebidos y cualquier reintegro de pagos.
10. Ordenación del pago y firma de instrumentos de pagos presupuestarios y no presupuestarios, incluidos reintegro de pagos.
11. Ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria.
12. Aprobación de cualquier liquidación derivada de una previa resolución administrativa.

BOCM-20221209-80

Primero.—Conferir delegación genérica, con la denominación de Concejala Delegada de
Seguridad, Tráfico, Emergencias y Emprendimiento, a la concejala doña Raquel Cadenas
Porqueras, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas,
sin facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Segundo.—Conferir delegación genérica, con la denominación de concejal delegado
de Economía, Hacienda, Sanciones, Contratación, TIC y Agenda 2030 al concejal don Javier Agejas Martínez, para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias
delegadas.
Conferir delegación a don Javier Agejas Martínez con facultad para resolver mediante actos que afecten a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, en las siguientes
atribuciones de esta Alcaldía: