Valdemorillo (BOCM-20221209-78)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos estabilización
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 293

dos, se establece una equivalencia de 25 horas por cada crédito ECTS reconocido y de 10 horas para el resto de los créditos reconocidos.
d No se valorará poseer una titulación superior a la exigida ni tampoco los títulos
que se exijan como requisito para el acceso a cada convocatoria.
d No se valorarán aquellos cursos de formación en los que no figura la fecha de
realización de estos.
d No se valorará como mérito el haber participado en cursos de preparación para
procesos selectivos.
d En el caso de diferentes versiones o denominaciones de la actividad formativa
se tendrá en cuenta su contenido y solo si queda acreditado que existen denominaciones similares, pero con contenidos diferentes, se puntuaran como acciones formativas distintas.
d Las asignaturas o seminarios que formen parte de la obtención de un título académico no podrán hacerse valer como cursos de formación.
d Reconocimientos o menciones, siempre en relación con el desempeño de su
función, se valorarán con 0,50 puntos.
El tribunal de selección procederá a valorar el concurso a la vista de la documentación
entregada, valorando únicamente aquellos méritos que hayan sido relacionados en el documento de autovaloración y justificados documentalmente, otorgando un plazo de reclamaciones de diez días, cuyo resultado, una vez resueltas las mismas, se publicará como calificación definitiva del concurso.
6.2. Calificación del proceso selectivo:
6.2.1. La calificación del proceso será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en base a los diferentes méritos evaluables previstos en las bases.
En el supuesto de que, por no coincidir la calificación otorgada por el órgano de selección con la indicada por el/la aspirante en su autobaremo, una vez calificados todos/as aspirantes a los que se las ha solicitado documentación, alguno/a o algunos/as de lo/las aspirantes que obtengan plaza, tuvieran menor puntuación que la declarada en su autobaremo
por el siguiente o siguientes aspirantes a los que no se les ha pedido documentación, el órgano de selección deberá requerir la citada documentación a estos últimos, mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valdemorillo, concediendo un
plazo de 10 días hábiles para su presentación.
Como consecuencia de lo señalado en el apartado anterior, en ningún caso, el órgano
de selección podrá incluir en la relación de aprobados, prevista en la base siete, a aquellos/as aspirantes con una calificación total igual o inferior a la puntuación declarada por
otros/as aspirantes en su autobaremo, a los que no se les hay solicitado documentación acreditativa de sus méritos, para su valoración.
El autobaremo vincula al órgano de selección, no pudiendo otorgar una puntuación
mayor a la consignada por los/as interesados/as en cada uno de los apartados del baremo de
méritos, salvo errores materiales, aritméticos o de hecho.
6.2.2.
En caso de empate, se aplicarán los siguientes criterios:
1. La mayor puntuación obtenida en el apartado a) de experiencia profesional en la
misma categoría el Ayuntamiento de Valdemorillo. Si persiste el empate la mayor experiencia en este criterio obtenida desde el día 1 de enero de 2016.
2. De persistir el empate se volverán a valorar los criterios expuestos en la base 6.1.1.a)
sin límite de puntuación.
3. La mayor puntuación obtenida en el apartado b) de experiencia profesional en
otras categorías en el Ayuntamiento de Valdemorillo.
4. La mayor puntuación obtenida en el apartado c) de experiencia profesional en
otras Administraciones Públicas.
5. La mayor puntuación obtenida en el apartado de formación (Base 6.1.1.2).
6. Si continuase el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo
público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se
refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, vigente en el momento de la publicación de las presentes bases.
7. Resolución del proceso selectivo
7.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional

BOCM-20221209-78

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