D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221209-44)
Estatutos federación deportiva –  Orden 2364/2022, de 28 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se dispone la aprobación de la modificación de los Estatutos de la Real Federación de Fútbol de Madrid, su inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

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Artículo 24
1. En el seno de la Real Federación de Fútbol de Madrid, se constituyen inicialmente los siguientes órganos:
A. De gobierno y representación:
a) La Asamblea General y su Comisión Delegada.
b) El Presidente.
B. Complementarios:
a) La Junta Directiva.
b) El Secretario General.
c) El Comité Ejecutivo.
C. Técnicos:
a) El Comité de Fútbol Aficionado.
b) El Comité de Fútbol Femenino.
c) El Comité de Fútbol Formativo.
d) El Comité de Fútbol Sala.
e) El Centro de Estudios, Desarrollo e Investigación del Fútbol de Madrid.
f) El Comité de Árbitros de Fútbol de Madrid.
g) La Escuela de Árbitros de Fútbol de Madrid.
h) El Comité de Entrenadores de Fútbol de Madrid.
i) La Escuela de Entrenadores de Fútbol de Madrid.
j) El Centro de Alto Rendimiento de la Real Federación de Fútbol de Madrid.
D. De garantías normativas:
a) El Comité/Juez de Competición y Disciplina.
b) El Subcomité de Competición y Disciplina.
c) Órgano de Apelación.
d) El Comité Jurisdiccional.
2. El Presidente de la Real Federación de Fútbol de Madrid se encuentra facultado
para constituir cuantos órganos considere convenientes para el buen funcionamiento del
ente federativo.
3. Todos los cargos de la Junta directiva y del Comité Ejecutivo podrán ser retribuidos.
Tendrá carácter honorífico los cargos federativos de los órganos técnicos y de garantías normativas del ente federativo. No obstante, dichos cargos federativos, previo acuerdo del Presidente de la Real Federación de Fútbol de Madrid, tendrán derecho a percibir
las indemnizaciones por gastos de desplazamiento y asistencia a las reuniones de los colegiados de los que formen parte.

1. La Asamblea General es el órgano superior de gobierno y representación de la
RFFM en la que estarán representadas todas las personas naturales y jurídicas que formen
parte de los sectores que integran la misma.
2. Está compuesta por ciento catorce miembros (114), correspondiendo a cada sector los siguientes porcentajes:
a) Clubes deportivos: 61,41%, setenta (70) representantes por el estamento de clubes, de los cuales dieciséis (16) serán de la disciplina de fútbol sala y cincuenta y
cuatro (54) del resto de las disciplinas de fútbol.
b) Futbolistas: 21,05%, veinticuatro (24) representantes por el estamento de futbolistas, de los cuales dos (2) serán de la disciplina de fútbol sala y 22 del resto de las
disciplinas de fútbol.
c) Entrenadores: 8,77%, diez (10) representantes por el estamento de entrenadores y
preparadores físicos, de los cuales tres (3) serán de la disciplina de fútbol sala y
siete (7) del resto de las disciplinas de fútbol.
d) Árbitros: 8,77%, diez (10) representantes por el estamento de árbitros e informadores técnicos, de los cuales ocho (8) serán árbitros en activo (dos (2) de la disciplina de fútbol sala y seis (6) del resto de las disciplinas del fútbol) y los otros
2 restantes serán informadores técnicos (uno (1) por la disciplina de fútbol sala y
uno (1) por el resto de las disciplinas de fútbol).

BOCM-20221209-44

Artículo 25