D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20221209-19)
Convenio –  Convenio de colaboración de 15 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para optimizar la captación del talento, así como para la aportación del medio propio, la Empresa de Transformación Agraria, S. A., S. M. E., M. P. (TRAGSA), para la realización de la actuación: Apoyo en procesos selectivos y a la digitalización de los procesos de personal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

Pág. 115

— Aportar al Ayuntamiento de Madrid, cuando expresamente lo requiera, orientación
y asesoramiento para facilitar que sus procesos de captación de talento sean ágiles
y se alineen con los objetivos los objetivos de las líneas estratégicas “03 Empleo de
calidad y refuerzo de la cohesión social” y “04 Administración digital, conectada y
ágil” (que prevé el desarrollo del puesto de trabajo público del futuro) recogidas en
la Estrategia para la Recuperación y Resiliencia de la Comunidad de Madrid. En
todo caso, la planificación y la gestión de los procesos será responsabilidad exclusiva del Ayuntamiento de Madrid.
— La Comunidad de Madrid queda exonerada de toda responsabilidad en relación
con el personal de TRAGSATEC que ejecute las actuaciones previstas en el Convenio.
3. El Ayuntamiento de Madrid se compromete a:
— Promover la compatibilidad de la planificación municipal para la captación de talento y que los procesos específicos de selección sean ágiles y se alineen con los
objetivos de las líneas estratégicas “03 Empleo de calidad y refuerzo de la cohesión social” y “04 Administración digital, conectada y ágil” (que prevé el desarrollo del puesto de trabajo público del futuro) recogidas en la Estrategia para la Recuperación y Resiliencia de la Comunidad de Madrid.
— Responsabilizarse de la ejecución de la actuación para la que se cede el medio propio
TRAGSATEC en todos sus términos técnicos y económicos, así como a abonar íntegramente el importe de las actuaciones hasta un máximo de 1.398.532,23 euros,
calculado de conformidad con el sistema de tarifas aplicables a TRAGSATEC. Dicha cantidad se abonará directamente a TRAGSATEC, con el siguientes siguiente
reparto estimado:
AÑO

IMPORTE (€)

2023

533.472,24

2024

865.059,99

— El Ayuntamiento deberá acreditar la disponibilidad presupuestaria y la retención
del crédito, las anualidades futuras están condicionadas a la existencia de crédito
en los presupuestos.
— Gestionar el conjunto del gasto conforme a la legislación que afecte a la línea de
actuación que contempla este Convenio.
— Abonar directamente a TRAGSATEC como medio propio de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Madrid, los trabajos efectivamente realizados, que
TRAGSATEC facturará de acuerdo con su sistema de tarifas.
— Designar al correspondiente director de los trabajos, cuyo nombramiento será comunicado a TRAGSATEC antes del inicio de las actuaciones.
— Recibir y controlar el resultado de las actuaciones y trabajos de apoyo, incorporando las cautelas necesarias para garantizar la aportación de medios de producción
propios y el ejercicio de los poderes empresariales por parte de TRAGSATEC. El
personal de TRAGSATEC en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con
el Ayuntamiento de Madrid.
Tercera
— Las actuaciones encargadas serán ejecutadas por TRAGSATEC de acuerdo con
las especificaciones pactadas, tanto técnicas como económicas, en este Convenio
y el régimen jurídico de TRAGSA y su filial, TRAGSATEC.
— Con periodicidad trimestral se emitirán las correspondientes certificaciones debiéndose abonar el importe de los trabajos incluidos en las mismas en el plazo de
los treinta días siguientes a la fecha de la aprobación de la certificación, estando
TRAGSATEC facultada para suspender la ejecución de las actuaciones en el supuesto de que el Ayuntamiento de Madrid no pueda atender el importe de las certificaciones emitidas por TRAGSATEC.
— TRAGSATEC aportará para ello sus medios de orden personal y material (incluido todo el material informático, así como el software operativo necesario para llevar a cabo los trabajos solicitados), y asumirá la organización de dicha actividad

BOCM-20221209-19

Ejecución de actuaciones por TRAGSATEC