D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20221209-30)
Convenio –  Convenio de 10 de noviembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y Cruz Roja Española, por el que se regirá la subvención nominativa para financiar el desarrollo de actuaciones específicas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y de prevención y control de la infección por el VIH, dirigidas a grupos de población desfavorecida. Año 2022
14 páginas totales
Página
BOCM
Pág. 210

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 293

Octava
Vigencia y período subvencionable
El presente convenio entrará en vigor a partir del día siguiente al de su firma y estará vigente hasta el 28 de febrero de 2023. A estos efectos se entenderá que la firma del convenio
ha tenido lugar el día en que lo ha suscrito el último de sus firmantes. El período subvencionable por este convenio se extiende desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022.
Novena
Reintegro de la subvención y régimen sancionador
Procederá el reintegro de la subvención en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y se aplicará, en su caso, el régimen
sancionador contemplado en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y en los artículos 14 a 17 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Décima
Protección de datos, confidencialidad y transparencia
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y a la
normativa nacional que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación sobre cualquier información a la
que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser publica según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los anexos I y II de
este convenio.
Undécima
Régimen jurídico
Este convenio se formula de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que regula con carácter básico la materia convencional, y al amparo del artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, quedando sujeto a las normas imperativas de Derecho Público
que regulan los convenios administrativos y a las normas reguladoras de las subvenciones
y demás que resulten aplicables.

Controversias
Las cuestiones litigiosas a que puedan dar lugar la interpretación o efectos del presente convenio serán resueltas en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no hubiera acuerdo las discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y para que conste, en prueba de conformidad, firman este convenio.

BOCM-20221209-30

Duodécima