C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20221209-8)
Bien de interés patrimonial –  Decreto 124/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Patrimonial de la Comunidad de Madrid la ermita de San Blas, en el barrio de Canillas, Distrito de Hortaleza, de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE DICIEMBRE DE 2022

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ción precisa, aunque, por su tipo de fábrica y materiales, lo más probable es que se realizase durante el siglo XVIII. En el plano catastral, fechado en 1879, ya estaba incluida.
En el siglo XVIII debieron ejecutarse también las pinturas murales que decoran el
muro sur de la capilla dedicada a Nuestra Señora de la Antigua, a juzgar por sus características y motivos decorativos.
Considerando lo anteriormente expuesto, se puede concluir que el edificio existente
fue construido entre las últimas décadas del siglo XVII y durante el siglo XVIII, mostrando una arquitectura sencilla y sobria, todavía dentro de la línea característica de la arquitectura barroca madrileña del siglo XVII.
4. Enumeración de partes integrantes y pertenencias
El bien objeto de declaración es la ermita con cabecera cuadrangular, capillas situadas
al norte (de San Blas) y sur (despacho) de la cabecera, cripta bajo la cabecera, nave con su
cubierta abovedada, coro a los pies, cuerpo situado al norte de la nave constituido por tres
capillas abiertas a la nave, cuerpo bajo de la torre, pórtico sur con su banco corrido, sacristía situada junto a la cabecera en su lado sur y dependencia situada junto a la cabecera en
su lado norte.
Igualmente son partes integrantes los restos de pintura mural que cubren parte del
muro sur de la capilla sur junto a la cabecera, la inscripción pintada en el friso bajo la bóveda de la capilla mayor, trampantojo representando una puerta pintado en el muro norte de
la capilla mayor, escudo del I conde de Canillas sobre el arco de ingreso a la capilla mayor,
restos de pavimento original en el presbiterio.
Son pertenencias del inmueble la pila bautismal del siglo XV y la lápida conmemorativa situada en el muro oeste bajo el coro.
5. Enumeración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico que constituyan parte esencial de su historia.
No se tiene conocimiento de la existencia de bienes muebles de relevancia integrantes
del patrimonio histórico que constituyan parte esencial de la historia del bien objeto de protección.
B) VALORES QUE JUSTIFICAN LA DECLARACIÓN DEL BIEN
La ermita de San Blas, antigua iglesia parroquial de San Juan Evangelista, constituye
la única construcción que se conserva de la antigua villa de Canillas, en origen una aldea
medieval dependiente del Concejo de Madrid y posteriormente aldea propiedad de los señores y después condes de Canillas, hasta que fue absorbida por Madrid en 1950.
Se trata de una construcción sencilla y sobria que manifiesta las características de la
arquitectura barroca madrileña del siglo XVII, que contiene pinturas murales de interés histórico y artístico.
La ermita de San Blas reúne, por tanto, unos valores arquitectónicos y un nivel técnico significativos, tanto en su cabecera como en el cuerpo de naves y elementos añadidos, al
tiempo que presenta valores artísticos, culturales e históricos para ser declarada como Bien
de Interés Patrimonial.

El entorno afectado por la declaración de Bien de Interés Patrimonial se fundamenta
en proteger y favorecer al inmueble en su especial significación histórico y artística, velar
por la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de su puesta
en valor, evitar la alteración o pérdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados
en su percepción de la iglesia, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto
de la declaración.
La protección otorgada a esos inmuebles como consecuencia de su inclusión en el entorno de protección de la ermita de San Blas se refiere exclusivamente a su envolvente exterior, que es la que puede afectar a la percepción o comprensión cultural del edificio objeto del expediente.
Descripción literal:
1. Parcelas catastrales incluidas en el Entorno:
— En la manzana 61979, parcela número 01.
— En la manzana 60966, parcela número 01.

BOCM-20221209-8

C) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO AFECTADO